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23/Jul/07 11:40
SOCIO CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL

BUENOS DIAS.

ME GUSTARIA VER SI ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR CON LA SIGUIENTE DUDA.

SOY PERSONA FISICA QUE ESTA DADO DE ALTA COMO SOCIO DE UNA S.C. Y ADEMAS ESTOY DADO DE ALTA COMO ACTIVIDAD EMPRESARIAL.

ME GUSTARIA SABER SI YO COMO SOCIO DE UNA SC QUE RECIBO ANTICIPO DE UTILIDADES PUEDO FACTURAR A LA MISMA EMPRESA POR ALGUNA ASESORIA (CLARO DANDO FACTURA)

¿HAY ALGUNA LIMITANTE PARA QUE YO LO PUEDA HACER?

GRACIAS.
 
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gumeta
Sargento Primero

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23/Jul/07 11:54
Re: SOCIO CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL

LISR

Artículo 110. Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes:

IV. Los honorarios a personas que presten servicios preponderantemente a un prestatario, siempre que los mismos se lleven a cabo en las instalaciones de este último.

Para los efectos del párrafo anterior, se entiende que una persona presta servicios preponderantemente a un prestatario, cuando los ingresos que hubiera percibido de dicho prestatario en el año de calendario inmediato anterior, representen más del 50% del total de los ingresos obtenidos por los conceptos a que se refiere la fracción II del artículo 120 de esta Ley.

Antes de que se efectúe el primer pago de honorarios en el año de calendario de que se trate, las personas a que se refiere esta fracción deberán comunicar por escrito al prestatario en cuyas instalaciones se realice la prestación del servicio, si los ingresos que obtuvieron de dicho prestatario en el año inmediato anterior excedieron del 50% del total de los percibidos en dicho año de calendario por los conceptos a que se refiere la fracción II del artículo 120 de esta Ley. En el caso de que se omita dicha comunicación, el prestatario estará obligado a efectuar las retenciones correspondientes.
 
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BR1
Coronel

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24/Jul/07 19:21
Re: SOCIO CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL

GUMETA:

EN MI OPINIÓN LAS "ASESORÍAS" NO SE CONSIDERAN COMO ACTIVIDADES EMPRESARIALES, YA QUE ÉSTAS EL SAT LAS "ENCUADRA", DENTRO DE LAS SIGUIENTES:

En el régimen de las actividades empresariales, para quienes vayan a realizar actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.

PARA EFECTO DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES, EL ART. 75 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, EN NINGUNO DE SUS XXV FRACCIONES, SE REFIERE A LOS SERVICIOS O ASESORÍAS COMO ACTIVIDAD DE COMERCIO.

POR LO TANTO, CONSIDERO QUE FACTURAR POR "ASESORAR" A LA EMPRESA NO ES LA ACTIVIDAD PREPONDERANTE DEL SOCIO, NI SE JUSTIFICA DICHO SERVICIO.
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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