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07/May/07 17:48
Rentas pagadas por anticipado

Que tal, buenas tardes.

Este tema es medio viejo, pero apenas hoy me toco el caso:

PM, paga a otra PM, rentas por anticipado por 2 años ¿cuando serian deducibles estas rentas pagadas, al momento del acto o se consideran como deducion conforme se devenguen?

Me estoy enfoncado solo a lo FISCAL.

Saludos y gracias ANTICIPADAS :)
 
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BR1
Coronel

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07/May/07 18:03
Re: Rentas pagadas por anticipado

BR1:

REVISA EL ART. 18 FRACC. II DE LISR
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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07/May/07 21:14
Re: Rentas pagadas por anticipado

Sí, de hecho alguien acumulará el total de las rentas cobradas y por simetria, o mejor dicho por lógica la contraparte deberá deducir fiscalmente dicho monto en la misma época.....solo quería conocer otros puntos de vista (por que me ha tocado ver cada caso)

Gracias CHAVAL
 
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BR1
Coronel

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08/May/07 11:18
Re: Rentas pagadas por anticipado

Bueno Br1:

Para ese tipo de ingresos a mi entender existen dos momentos posibles de acumulacion.

Ya sea para un o el otro de los momentos, el que indica ese momento o ambos es el contrato.

Bueno luego la ley te indicaria como procederia esa acumulacion/deduccion.

1.- Uno de los momentos es en base a la cobranza[/b:8ed9faa8c2]
2.- El segundo conforme a la [b:8ed9faa8c2]exigibilidad segun el articulo comentado por CHAVALON

En mi opinion la contraparte debe seguir el mismo tratamiento de deduccion o acumulacion segun se trate. Seria ilogico tener diferente tratamiento, cuando se trata del mismo contrato, pues cual lee una de las partes y cual el otro... y solo faltaria que las leyes determinen un tercera forma de deducir, para colmo y el asesor fiscal hasta un cuarto....


Saludos
 
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mirnalcantu
Capitán Primero

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08/May/07 11:40
Re: Rentas pagadas por anticipado

jejeje..asi es..de hecho ambas partes consideraran realizado el acto para efectos fiscales y legales al momento de "emisión d ela factura" y claro esta, la firma del convenio (mira nada mas....esta la usaré un día en que ocupe deducciones para bajar la base del impuesto anual....en este caso no fué con tal fin...si no la de aprpbechar un descuento que nos hicieron)...

Saludos!!!
 
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BR1
Coronel

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