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25/Abr/07 9:47
Declaratoria

buen dia a todos por ahi

alguien sabe si se publico o hay algo sobre la devolucion de iva por declaratoria

me comentaron, pero no la encuentro segun es la -----decimo cuarta resolucion
 
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uier
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25/Abr/07 12:48
Re: Declaratoria

R.M.F. 2007.

2.2.3. Para los efectos del artículo 22, primer párrafo del CFF, y la regla 2.2.10., los contribuyentes del IVA solicitarán la devolución de las cantidades que tengan a su favor, utilizando la forma oficial 32, acompañada de su Anexo 1 o 1-A, según corresponda, así como de la documentación mencionada en la propia
forma oficial.

Adicionalmente a lo señalado en el párrafo anterior, deberán presentar los medios magnéticos a que se refiere el rubro C, numeral 8, inciso d), punto (2), del Anexo 1, que contengan la información de los proveedores, prestadores de servicios y arrendadores que representen al menos el 80% del valor de sus operaciones, así como la información correspondiente a la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, operaciones de importación y exportación.

No obstante lo anterior, los contribuyentes que dictaminen sus estados financieros para efectos fiscales, por los saldos a favor mensuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2006 y posteriores, podrán presentar solicitud de devolución acompañada de la declaratoria formulada por el contador público registrado, cuando dicho contador hubiera emitido o vaya a emitir para efectos fiscales, dictamen relativo a los estados financieros del contribuyente referido al periodo que corresponda el saldo a favor y siempre que en la declaratoria el contador manifieste bajo protesta de decir verdad haberse cerciorado de la veracidad de las operaciones de las que deriva el impuesto causado y el impuesto acreditable declarado por el contribuyente y dicha declaratoria, se formule en los términos establecidos por el artículo 52, fracción II del CFF, y el Anexo 1 o 1-A de las formas oficiales 32 y 41, quedando relevados de presentar la información en medios magnéticos de los proveedores, prestadores de servicios y arrendadores y operaciones de comercio exterior.

Las solicitudes de devolución deberán presentarse en el módulo de atención fiscal de la ALAC, en la Administración Regional de Grandes Contribuyentes o en la Administración Central de Recaudación de Grandes Contribuyentes, según corresponda, acompañadas de los Anexos correspondientes, incluyendo el documento que acredite la personalidad del promovente.
 
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CHAVALON
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13/Jul/23 20:08
Re: Declaratoria

Correcto.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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13/Jul/23 21:22
Re: Declaratoria

vencidos todos los plazos legales al efecto
 
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CP_PACO
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