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29/Mar/07 17:56
HORARIO DE TRABAJO

Buenas tardes: Como se consideraria si una persona que trabaja como personal de seguridad labora 12 horas ininterrumpidas y descansa 24 horas. Tendria que pagarle cuando trabaja 4 hrs. extras? o se las puedo considerar como normales para que a la semana cumpla las 48 hrs. que marca la Ley Federal del Trabajo que debe laborar, y si es asi debo especificarlo en su contrato individual de trabajo que le elaboraria como es que se desfazaria su horario de trabajo?
Gracias.
 
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TEGG360101KC4
Subteniente

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29/Mar/07 18:42
Re: HORARIO DE TRABAJO

Buenas tardes, debes de pagarle acorde a lo que estipule su contrato de trabajo, recuerda que deben ser maximo 48 horas a la semana y pueden dividirlas como les acomoden. Si lo haces trabajar en un horario no estipulado en el contrato sin duda seran horas extras.

Saludos.
 
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juancarm
Teniente Coronel

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29/Mar/07 20:34
Re: HORARIO DE TRABAJO

:| Buenas noches. Las claves son: Contrato de trabajo, hs semanales permitidas x la LFT y repartición de las hs. en la jornada.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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