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20/Mar/07 20:59
DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el bien?

Un saludo a todos nuestros amables foristas tengo la siguiente duda:

Nuestra empresa pago por la construcción de un restaurante y La factura por dicha obra tiene fecha de 31 de dic 05. Pero el último cheque que se pago por dicha construccion fue en Julio 06 Ahora bien
El art. 37 de la ley del isr dice “ Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente”
“Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares.”

Mi pregunta es ¿Cuando se considera que se comienza a utilizar este activo?

Gracias por sus comentarios, un saludo a todos.
 
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IsraelMolasNarvaez
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20/Mar/07 21:25
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

Existen como decia mi maestro, mi sensei-fiscal (qué era un contador fracasado que me dio clases y nunca ejercio :lol: )

¿Cómo comprobar que se termino la obra? Con el aviso de terminacion de obra

Y LISTO!!!!!!!!!!!
 
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pantoja
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21/Mar/07 7:42
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

Es raro eso de los CPs fracasos, yo les llamaría alter-teologos...porque manejan la teoría de alto nivel, nunca ejercida a tierra, algo así como alta filosofía de los impuestos.

Funcionará igual que con los DTs, que como jugadores fueron fracasados, pero como DTs son buenos: ahí esta Mejía Baron, Voucetich, Piojo Herrera, etc etc.

Como veían tanto el juego de la banca...terminaron como DTs...

Como se le llama a un fiscalista que nunca ejercio y que maneja un alto concepto de filosofía impositiva?
R=Maestro de Universidad Pública.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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22/Mar/07 17:21
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

1. Cómo la ves con la duda de Israel?

2. Es el efecto de los sindicatos....
 
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pantoja
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22/Mar/07 21:59
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

[quote:2ba96d720e="pantoja"]1. Cómo la ves con la duda de Israel?

2. Es el efecto de los sindicatos....[/quote:2ba96d720e]

PANTOJA:
Este es un foro en donde uno puede poner sus dudas aun cuando te parezcan talvez estupidas,la verdad no tienes por que hacer este tipo de comentarios, tu no me conoces no deberias de opinar asi.... Aqui hay grandes foristas y mi respeto para ellos: Chavalon, Lobozac, Arruiz, Cervantes, Cheque, por mencionar algunos, estos estimados compañeros enseñan y uno aprende mucho de ellos de ti solo he recibido burlas.

De todos modos

Saludos
 
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IsraelMolasNarvaez
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23/Mar/07 14:33
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

La pregunta era para el usuario cheque...es decir queria conocer su opinión sobre tu duda (por que nomas comentó lo de los maistros de las universidades publicas...eso me trae a la mente a mi padrino pantojon que era maistro del Tec pero mejor se salio por que dice que le daban carrilla por su ford topaz viejito....cosa que a él no le interesa el dinero...por eso me da 50% de su quinquena jijijiji para las caguamas :twisted: )...

Respecto a lo tuyo, en realidad veo preguntas interesante en este forin (la tuya me parece importante), y que nadie las contesta (por que las faciles hasta 100 respuestas tienen..y puro copiar de la página del SAT)...te quise llevar de la mano para no decirte ¨debes hacer esto o estro otro¨..en fin...lo tomaste por otro laredo.... 8O

[size=18:df65446737][color=red:df65446737]Si no te sacan de la duda y gustas te sigo orientando con mis 100 años en esto jejeje[/color:df65446737][/size:df65446737]

PD: no se sulfure
 
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pantoja
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23/Mar/07 15:36
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

ISRAELMOLASNARVAEZ:

EN MI OPINIÓN DEBES EMPEZAR A DEPRECIARLO A PARTIR DE LA FECHA EN QUE DISTE DE ALTA EL MISMO:

A).-COMO DOMICILIO FISCAL.
B.- COMO LOCAL O ESTABLECIMIENTO.

EL MISMO ART. 37 DE LISR QUE CITAS, TE SEÑALA LA OPCIÓN DE INICIAR LA MISMA, DESDE LA FECHA DE ALTA O EN EL EJERCICIO SIGUIENTE, DE NO HACERLO ASÍ, PIERDES EL DERECHO A DEDUCIR LA DEPRECIACIÓN DE LOS EJERCICIOS EN QUE PUDISTE HACERLO.

ART 37.- 5º. PÁRRAFO

Inicio de la deducción
Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente. [/b:927587f355]El contribuyente podrá no iniciar la deducción de las inversiones para efectos fiscales, a partir de que se inicien los plazos a que se refiere este párrafo. [b:927587f355]En este último caso, podrá hacerlo con posterioridad, perdiendo el derecho a deducir las cantidades correspondientes a los ejercicios transcurridos desde que pudo efectuar la deducción conforme a este artículo y hasta que inicie la misma, calculadas aplicando los por cientos máximos autorizados por esta Ley.

ESPERO QUE ESTO RESUELVA TU DUDA.

SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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24/Mar/07 9:55
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

[quote:7c12ebfb29="pantoja"]La pregunta era para el usuario cheque...es decir queria conocer su opinión sobre tu duda (por que nomas comentó lo de los maistros de las universidades publicas...eso me trae a la mente a mi padrino pantojon que era maistro del Tec pero mejor se salio por que dice que le daban carrilla por su ford topaz viejito....cosa que a él no le interesa el dinero...por eso me da 50% de su quinquena jijijiji para las caguamas :twisted: )...

Respecto a lo tuyo, en realidad veo preguntas interesante en este forin (la tuya me parece importante), y que nadie las contesta (por que las faciles hasta 100 respuestas tienen..y puro copiar de la página del SAT)...te quise llevar de la mano para no decirte ¨debes hacer esto o estro otro¨..en fin...lo tomaste por otro laredo.... 8O

[size=18:7c12ebfb29][color=red:7c12ebfb29]Si no te sacan de la duda y gustas te sigo orientando con mis 100 años en esto jejeje[/color:7c12ebfb29][/size:7c12ebfb29]

PD: no se sulfure[/quote:7c12ebfb29]



Saludos y una disculpa pantoja, gracias por la aclaracion.. que estes bien
 
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IsraelMolasNarvaez
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24/Mar/07 9:56
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

[quote:74a6f26dd3="CHAVALON"]ISRAELMOLASNARVAEZ:

EN MI OPINIÓN DEBES EMPEZAR A DEPRECIARLO A PARTIR DE LA FECHA EN QUE DISTE DE ALTA EL MISMO:

A).-COMO DOMICILIO FISCAL.
B.- COMO LOCAL O ESTABLECIMIENTO.

EL MISMO ART. 37 DE LISR QUE CITAS, TE SEÑALA LA OPCIÓN DE INICIAR LA MISMA, DESDE LA FECHA DE ALTA O EN EL EJERCICIO SIGUIENTE, DE NO HACERLO ASÍ, PIERDES EL DERECHO A DEDUCIR LA DEPRECIACIÓN DE LOS EJERCICIOS EN QUE PUDISTE HACERLO.

ART 37.- 5º. PÁRRAFO

Inicio de la deducción
Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente. [/b:74a6f26dd3]El contribuyente podrá no iniciar la deducción de las inversiones para efectos fiscales, a partir de que se inicien los plazos a que se refiere este párrafo. [b:74a6f26dd3]En este último caso, podrá hacerlo con posterioridad, perdiendo el derecho a deducir las cantidades correspondientes a los ejercicios transcurridos desde que pudo efectuar la deducción conforme a este artículo y hasta que inicie la misma, calculadas aplicando los por cientos máximos autorizados por esta Ley.

ESPERO QUE ESTO RESUELVA TU DUDA.
ASI ES CHAVALON GRACIAS
SALUDOS

SALUDOS[/quote:74a6f26dd3]
 
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IsraelMolasNarvaez
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26/Mar/07 8:52
Re: DUDA EN DEPRECIACION (¿cuando se empieza a utilizar el b

[quote:9be43326bc="IsraelMolasNarvaez"]Un saludo a todos nuestros amables foristas tengo la siguiente duda:

Nuestra empresa pago por la construcción de un restaurante y La factura por dicha obra tiene fecha de 31 de dic 05. Pero el último cheque que se pago por dicha construccion fue en Julio 06 Ahora bien
El art. 37 de la ley del isr dice “ Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente”
“Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares.”

Mi pregunta es ¿Cuando se considera que se comienza a utilizar este activo?
Gracias por sus comentarios, un saludo a todos.[/quote:9be43326bc]

Pregunta; ¿Cuándo empezarón a utilizarlo?, al ser restarurant se asume debe indexarse a la fecha de la inaguración o apertura al público... ya que antes todo sería construcción y acondicionamiento, pero no uso para los fines... una vez que aperturan al público ya lo estas utilizando para los fines, vayan o no comensales...

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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