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10/Ene/07 20:10
DESPIDO CON INCAPACIDAD

HOLA AMISGOS

UNA PREGUNTA,
HAY UNA EMPRESA DONDE UN TRABAJADOR ES PILLADO SUSTRAYENDO ARTICULOS SIN CONSENTIMIENTO DE LA EMPRESA.
POR LO QUE SE LE PROCEDE A DESPEDIR, SIN EMBARGO UNA NOCHE ANTES DE LA SEPARACION ESTE SUFRE ACCIDENTE EN MOTOCICLETA FUERA DEL HORARIO DE TRABAJO, SE LE ATIENDE EN EL IMSS Y SE LE OTORGA UNA INCAPACIDAD CON 28 DIAS Y ES MUY PROBABLE QUE TENGA MUCHAS MAS YA QUE FUE UNA LESION SERIA.

QUE CONSIDERACIONES TENDRIAN AL RESPECTO,
YA FIRMO SU DESPIDO, PERO SU BAJA EN EL IMSS, QUE OPINION TIENEN AL RESPECTO?

SALUDOS
 
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RBL1973
Subteniente

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10/Ene/07 20:16
Re: DESPIDO CON INCAPACIDAD

:| Buenas noches. Ayuda mucho poner las preguntas en el foro de seg. social, porque aqui casi no vengo... los Dioses me cohiben.... Laboralmente ya hicieron lo correcto: Despedirlo (espero se hayan cubierto las espaldas). Para efectos imss, no podran darlo de baja hasta que se alivie... tendran que estar muy al pendiente y sugiero que directamente en el consultorio de esta persona.

El [11*]
Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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10/Ene/07 22:13

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Artículo 60. Mientras subsista la relación laboral, no surtirá efecto alguno el aviso de baja presentado por el patrón o sujeto obligado ante el Instituto, durante el periodo en que el trabajador se encuentre incapacitado temporalmente para el trabajo, por el propio Instituto.

En los casos en que se hubiere recibido la baja por parte del Instituto y ésta no procediera legalmente en los términos del párrafo anterior, el patrón o sujeto obligado no queda relevado de la obligación de presentar, en su caso, un nuevo aviso de baja ante el Instituto. 8O
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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11/Ene/07 8:27

Es decir, lo laboral no invariablemente esta ligado a la seguridad social... esto es, puedes despedirle sin que obligadamente coincidan las fechas del finiquito y la de la baja en el IMSS... acotando que por lo regular laboral y seguridad social van ligados en tiempos y plazos, pero este es uno de esos en lo que no...

Saludos.

Pdta.- Como dice el Lic., si hubiera expuesto su comentario en el foro de seguridad social (ya que es el meollo de su duda) incluso le hubieramos aportado otros tópicos donde se han expuesto dudas similares.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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11/Ene/07 11:09
Re: DESPIDO CON INCAPACIDAD

UNA DISCULPA A TODOS, YA ESTA EN EL FORO CORRESPONDIENTE
AGRADEZCO DE ANTE MANO SUS FINAS INTENCIONES
SALUDOS A TODOS
 
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RBL1973
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