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15/Dic/06 12:53
impac

Hola colegas .
me puede decir alguin de la obligacion de pagar impac de personas fisicas de 4000 000 de ingresos es ventas pagadas o debo de considerar las de credito tambien gracias
 
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JUANAPEREZ
Teniente

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15/Dic/06 14:42
Re: impac

Que el decreto no especifica si son ingresos acumulables?...
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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16/Dic/06 12:05
Re: impac

HOLA QUE TAL:

YO CONSIDERO QUE SE DEBE CONSIDERAR UNICAMENTE LOS EFECTIVAMENTE PAGADOS, POR QUE SON LOS INGRESOS NETOS QUE VAS A DELARAR.
 
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MIGUEL28
Soldado

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16/Dic/06 14:01
Re: impac

[quote:61f382db7c="JUANAPEREZ"]Hola colegas .
me puede decir alguin de la obligacion de pagar impac de personas fisicas de 4000 000 de ingresos [color=red:61f382db7c]es ventas pagadas [/color:61f382db7c]o debo de [color=red:61f382db7c]considerar las de credito tambien [/color:61f382db7c]gracias[/quote:61f382db7c]

LA LEY DE INGRESOS DEL 2006, SEÑALA QUE DEBEN CONSIDERARSE LOS INGRESOS TOTALES[/b:61f382db7c]

[b:61f382db7c]2.4.2. Exención de IA a personas físicas y morales [/b:61f382db7c]

[b:61f382db7c]Se exenta del IA a las personas físicas y morales, [/b:61f382db7c][color=red:61f382db7c][b:61f382db7c]cuyos ingresos totales [/color:61f382db7c]en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de $4, 000,000.
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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17/Dic/06 12:05
Re: impac

Yo creo que depende.

Si es PM, deben ser los acumulables.

y si es PF, deben de ser los efectivamente cobrados, ello es asi dado que el artículo 122, dice que los ingresos se consideran efectivamente percibidos, cuando se cobren.

Consecuentemente, si no he percibido ingresos, no se ha dado uno de los elementos escenciales de los impuestos, que es, en este caso, el momento de causación y aun y cuando se celebro la operación, y para el derecho civil, puede ser una operación perfecta; para efectos fiscales, no ha producido efectos jurídicos, sino hasta que se den todos los elementos de causación (Art. 6 CFF)
 
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dmisael
Cabo

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