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06/Dic/06 12:45
DESPENSA EN EFECTIVO

UN COLEGA ME PREGUNTA QUE EN SU EMPRESA PAGA NOMINA, INCLUYE Y PAGA UN IMPORTE POR CONCEPTO DE "DESPENSA EN EFECTIVO", LA DUDA ES QUE SI DICHO IMPORTE ESTA GRAVADO PARA EFECTOS DE ISR.. SALUDOSSS.
 
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TELLYN
Sargento Segundo

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06/Dic/06 13:16

Hola:

Creo que la gran mayoria lo dan en vales de despensa o por otro medio que no sea en efectivo para de alguna forma garantizar que el fin de esa "prestacion" sea un beneficio tendiente a la superacion de la persona y de su familia, por que en efectivo no lo esta garantizando totalmente y te menciono "garantizar" para que entre como prevision social y si esta dentro de los limites que senala el 109, que este exenta para ISR.


Independientemente de que sea en especie o en dinero, tienes que cuidar que no rebase el tope de IMSS, que creo que es de 40 SMG.

Saludos!
 
Saludos!
 
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doqu
Subteniente

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06/Dic/06 13:19

Concluyendo.... quiza le convendria dejar mayor soportado esa despensa que da, mediante vales de despensa.


Saludos!
 
Saludos!
 
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doqu
Subteniente

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06/Dic/06 15:28
Re: DESPENSA EN EFECTIVO

[quote:9a65f23533="TELLYN"]UN COLEGA ME PREGUNTA QUE EN SU EMPRESA PAGA NOMINA, INCLUYE Y PAGA UN IMPORTE POR CONCEPTO DE "DESPENSA EN EFECTIVO", LA DUDA ES QUE SI DICHO IMPORTE ESTA GRAVADO PARA EFECTOS DE ISR.. SALUDOSSS.[/quote:9a65f23533]

[color=red:9a65f23533]Despensa en efectivo grava para ISR!![/color:9a65f23533]
 
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Mem
Teniente Coronel

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06/Dic/06 17:47
Re: DESPENSA EN EFECTIVO

Cual es el fundamento mem?

saludos
 
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getaxt
Cabo

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06/Dic/06 20:50
Re: DESPENSA EN EFECTIVO

:| Buenas noches. Más bien, no hay fundamento fiscal que indique que sea exento. Usemos nuestro sentido común: Si damos despensa en efectivo, el trabajador usa esa lana para lo que más le conviene, no sólo para comprar sus despensa ¿vdd? Es decir, dispone a su arbitrio sobre esa cantidad, x eso es gravable para Isr.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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06/Dic/06 21:58
Re: DESPENSA EN EFECTIVO

CONTINUANDO CON EL TEMA, COINCIDO CON PEPESOTO Y CON MEM, YA QUE EL CRITERIO DEL SAT, PARA NO CONSIDERAR COMO INGRESO ACUMULABLE PARA EL TRABAJADOR, ES PRECISAMENTE QUE SE OTORGUE LA AYUDA PARA DESPENSA A TRAVES DE VALES.

ESTE ES EL CRITERIO DEL SAT:

59/2004/ISR Vales de despensa. Son una erogación deducible para el
empleador[/b:e162b3b713].

El último párrafo del artículo 8o. de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, establece que para los efectos de dicha ley, [b:e162b3b713]se considera
previsión social, las erogaciones efectuadas por los patrones a
favor de sus trabajadores que tengan por objeto satisfacer
contingencias o necesidades presentes o futuras,[/b:e162b3b713] así como el
otorgar beneficios a favor de dichos trabajadores, tendientes a su
superación física, social, económica o cultural, que les permitan el
mejoramiento de su calidad de vida y en la de su familia.

[b:e162b3b713][color=blue:e162b3b713]En este sentido, los vales de despensa [/color:e162b3b713][/b:e162b3b713]son erogaciones patronales
a favor de los trabajadores que tienen por objeto satisfacer
contingencias o necesidades presentes o futuras, otorgando
beneficios al trabajador.

Así, de conformidad con lo previsto en el artículo 109, fracción VI
de la Ley del Impuesto sobre la Renta, [color=blue:e162b3b713][b:e162b3b713]el importe de los vales de
despensa que las empresas entreguen a sus trabajadores será un
ingreso exento para el trabajador hasta el límite, que para los
gastos de previsión social establece el último párrafo del citado
artículo, [/color:e162b3b713]y será un concepto deducible para el empleador en los
términos del artículo 31, fracción XII de la misma ley.
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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06/Dic/06 22:48

Normalmente estoy de acuerdo contigo Chavalon, pero esta vez no concuerdo.

Me toco un asunto asi hace un tiempo, y opte por presentar una consulta ante la autoridad, la cual me nego obviamente, y la gane en el TFJFA.

No estoy diciendo que sea un criterio fijo, nada mas menciono que si se puede ganar.

Saludos
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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07/Dic/06 9:07

[quote:da5d4556d1="CERVANTES-QUIJANO"]Normalmente estoy de acuerdo contigo Chavalon, pero esta vez no concuerdo.

Me toco un asunto asi hace un tiempo, y opte por presentar una consulta ante la autoridad, la cual me nego obviamente, y la gane en el TFJFA.

No estoy diciendo que sea un criterio fijo, nada mas menciono [color=red:da5d4556d1]que si se puede ganar. [/color:da5d4556d1]

Saludos[/quote:da5d4556d1]

He estado buscando alguna tesis o jurisprudencia, sobre el tema y no he visto absolutamente nada, a favor de otorgar despensa en efectivo.

En un tópico parecido de hace algunos meses, Francisco Vazquez Garcia, menciono un caso aislado en el que se gano la deducción de despensa en efectivo... lo cheque y no me convence para arriesgar a la empresa. Incluso el mismo Francisco no se convence con la despensa en efectivo.

Habría que evaluar costo beneficio, sólo que la mayoria de estos casos se han perdido.

Saludos.
 
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Mem
Teniente Coronel

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07/Dic/06 9:44

Pues precisamente para que no haya riesgo lo haces a travez de la consulta y luego el juicio!.

Saludos
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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