03/Nov/06 17:28
Re: FORMATO RU
vabdo
checate este articulo transitorio de la quinta resolucion
Segundo. Se modifica el Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, para quedar de la siguiente manera:
I. Se reforma el rubro C, numerales 1 y 12 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006. Se da a conocer la nueva “Cédula de identificación fiscal”.
[color=blue:35014c1560]II. La forma oficial RU “Formato Unico de Solicitud de Inscripción y Avisos al Registro Federal de Contribuyentes”, dada a conocer en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el DOF el 2 de agosto de 2006, entrará en vigor el 30 de octubre de 2006.[/color:35014c1560][/b:35014c1560]
III. La forma oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes”, dada a conocer en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el DOF el 28 de agosto de 2006, entrará en vigor el 30 de octubre de 2006.
[b:35014c1560][color=blue:35014c1560]IV. Las formas oficiales R-1 “Solicitud de inscripción al registro federal de contribuyentes” y R-2 “Avisos al registro federal de contribuyentes cambio de situación fiscal”, así como sus Anexos 1 al 9, se derogan a partir del 30 de octubre de 2006.[/color:35014c1560][/b:35014c1560]
V. La derogación del rubro C, numeral 2 “Constancia de inscripción en el RFC”, dada a conocer en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el DOF el 28 de agosto de 2006, entrará en vigor el 30 de octubre de 2006.
VI. La reforma al rubro C, numeral 9, dada a conocer en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el DOF el 28 de agosto de 2006, entrará en vigor el 30 de octubre de 2006.
[b:35014c1560][color=blue:35014c1560]VII. La derogación al rubro E (tarjeta tributaria), dada a conocer en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el DOF el 28 de agosto de 2006, entrará en vigor a partir del 1 de diciembre de 2006.[/color:35014c1560][/b:35014c1560]VIII. La forma oficial FU “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, dada a conocer en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el DOF el 2 de agosto de 2006, entrará en vigor el 1 de diciembre de 2006.
[b:35014c1560][color=blue:35014c1560]ENTONCES SI EL DIA 30 SE DEROGAN LOS FORMATOS R1 Y R2 Y ENTRAN EN VIGOR LA RU, PERO COMO ESTA ULTIMA NO ESTA DISPONIBLE NO PODREMOS PRESENTAR TRAMITES CON LOS R1 Y R2 PUESTO QUE YA FUERON DEROGADOS PARA SU USO.....ENTONCES ¿QUE HACEMOS SEÑORES DEL SAT?[/color:35014c1560]
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
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L.C. RUIZ
**Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**