buenas tardes colegas me podria ayudar con el fundamento sobre si se toma riesgo de trabajo el taryecto a su casa o en base a que se toma si es en timpo o como?
Por los casos que he tenido, en ocasiones el IMSS determina que si es un accidente de trayecto, por lo cual el trabajador tendra derecho al susidio y por el lado de la compañia dicho accidente en TRAYECTO no se considera para la siniestralidad (art. 72 LSS). Asi como , puede que desde un principio lo califique como NO riesgo.
Gracias.
Mensajes:
1526 Ingresó:
Agosto 30, 2004 Ubicación:
No Conectado
Agregar como amigo
19/Sep/06 18:36
Re: trayecto a su caso riesgo de trabajo
Bueno, normalmente el imss lo considera como accidente de trabajo en trayecto, pero como dice analili, el subsidio al 100% lo recibe el trabajador, pero no se considera para le grado de prima de riesgo de trabajo
[quote:3f5e32b618="iberot"]...EL ACCIDENTE FUE DESPUES DE DOS HORAS NO IMPORTA ESO[/quote:3f5e32b618]
:| Buenas noches. Claro que importa. Y si el imss se entera, abre una investigacion, y pudiera negar el RT, bajo el supuesto de que el trabajador no siguió su ruta "normal" del trabajo a su casa.
El Lic.
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
Lo que menciona Pepesoto, es cierto, tuve un caso en el cual el IMSS determino que no seria RT x esa razon.
Creo que en esos casos el afectado es el trabajador, en muchas ocasiones les suscede el accidente y no van atenderse sino hasta dias despues, sin embargo asi lo debe manifestar la empresa en el ST-1.
Gracias.