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26/Ago/06 8:24
DEDUCCION DE INVERSIONES (AUTOMOVILES)

Buen dìa, quiero saber que opinan de la siguiente cuestiòn en cuanto a la deducciòn topada en la adquisiciòn de automòviles.
Compro un automovil el 01 de enero de 2006 en 1,000,000.00, es decir este es el monto original de la inversion por lo tanto se que solo serà deducible la cantidad topada de 300,000.00. Asi que al depreciar en este año 2006 seria el importe de 250,000.00 y por consiguiente el proximo año estaria depreciando solo 50,000.00 ya que es lo que me permite la ley para efectos fiscales.Como ven? es correcto este planteamiento? ya que estoy cumpliendo con lo que me marcan los articulos: 37 segundo parrafo LISR, 42 fraciòn II LISR Y 40 fracciòn VI LIS. Espero sus valiosos comentarios, gracias. WVL.
 
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zobe
Soldado

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26/Ago/06 12:52
Re: DEDUCCION DE INVERSIONES (AUTOMOVILES)

Zobe si se pudiera hacer eso sería magnífico pero el caso es que si aploica el 25% sobre el valor original luego lo tiene que disminuir al aplicar el % de la parte deducible que es 300000 esto aplica en base al criterio de los gastos de mantenimiento y combustible de ese equipo que deberán ser deducibles segun el % que signifiquen 300000 de su valor original para el caso hablamos de un 30%.

saludos.
 
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ANROSO
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26/Ago/06 15:22

Hola en reealidad puedes ir mas alla de una manera mas agresiva, ya que el art 42 lisr no establece que sea el monto origina de la inversion, solo establece como monto y efectivamente las deducciones son por ejercicios, solo qu ahi si tienes un tope del 25% sobre si EL MOI(monto original de la inverision) en mi opinion deduciria para el ejercicio primero el 25% que son 250,000 y los posteriores tambien hasta completar el 1,000,oo, es real el mismo articulo para los aviones si establece el MOI, checalo con un abogado y es defendible el punto, saludos
 
Gracias por compartir conmigo lo que saben........
 
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serago6604
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