14/Ago/06 10:19
Re: contrato de comodato
[quote:9c4d852c8c="mavo"]Gracias.
Ya lo tengo pero es de un automovil y yo necesito de un inmueble si alguien me puede ayudar se los voy a agradecer.[/quote:9c4d852c8c]
Hay te va uno...
CONTRATO DE COMODATO
Contrato de COMODATO celebrado, por una parte _____________ en su carácter de Representante Legal de la empresa ____________________, y a quien en lo sucesivo se denominará “EL COMODANTE” y por la otra _____________ en su carácter de Representante Legal de ______________________ a quien en lo sucesivo se le denominará “EL COMODATARIO” ambos con la capacidad legal para contratarse y obligarse y en la cual se sujetan a las siguientes:
D E C L A R A C I Ó N E S
1.- Declara EL COMODANTE ser propietario y estar en legitima posesión y pleno dominio del inmueble ubicado en ________________________ en Monterrey Nuevo León.
2.- Declara EL COMODATARIO que requieren en comodato el uso del inmueble para fines Administrativos.
3.- Declaran ambas partes que es su voluntad la celebración de este contrato de comodato y que lo formalizan al tenor de las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA.-OBJETO DEL COMODATO: ____________ en su carácter de Representante Legal de la empresa ________________, otorga en COMODATO a ________________ en su carácter de Representante Legal de __________________ el bien inmueble ubicado _______________________________ en Monterrey Nuevo León, dándose EL COMODATARIO por recibido del mismo en perfectas condiciones y a su entera satisfacción, y obligándose a restituirlo en las mismas condiciones al término de este contrato.
SEGUNDA.-DURACION DEL COMODATO: Este COMODATO comienza desde el día 20 de Marzo del 2001 para concluir el día 19 de Marzo del 2006 y podrá concluir a voluntad de cualquiera de las partes por escrito con 30 días de anticipación, a cuyo efecto ambos contratantes renuncian al término y condiciones a que se refieren los artículos 2405 y 2407 del citado Código Civil vigente en el Estado, sin embargo EL COMODANTE podrá hacer las mejoras y reparaciones que juzgue convenientes a su absoluta dirección.
CUARTA.- OBLIGACIONES DEL COMODATARIO: “EL COMODATARIO” se obliga en los siguientes términos:
A) A no servirse del inmueble solo para uso comercial en el giro de ADMINISTRACIÓN.
B) A no dar en comodato, arrendar, ni traspasar en forma gratuita u onerosa dicho inmueble ni parte de el.
C) A no hacer mejoras ni cambio alguno en el mismo sin consentimiento previo y pro escrito de “EL COMODANTE”
D) A dejar en beneficio del propio inmueble las mejoras que hiciere y a no cobrar a “EL COMODANTE” por ellas, ni por reparaciones cantidad alguna, renunciando “EL COMODATARIO” al efecto en cuanto le favorezcan las disposiciones de los arts. 2402 y 2407 del Código Civil vigente.
E) A dar aviso al propietario de toda novedad perjudicial para el inmueble así como de las goteras o deterioros de la misma, por si quisiera mandarlas reparar.
F) A conservar el inmueble y sus servicios y demás anexos de la misma en el buen estado que lo recibió y a devolver todo a “EL COMODANTE” en el buen estado y en las mismas condiciones, como se le entrego a la terminación de este contrato.
G) A cumplir con todas las disposiciones que el Código Civil en vigor, impone a los COMODATARIOS.
QUINTA.- REPARACIONES AL INMUEBLE: Es también a cargo de “EL COMODATARIO”, la realización de toda clase de reparaciones que necesiten los servicios antes mencionados, así como los daños y perjuicios que resulten a “EL COMODANTE”, deberá dejar totalmente pagados los servicios de telefono, luz, gas y agua, siendo responsable de su importe ante “EL COMODANTE”
SEXTA.- DESTINO DEL INMUEBLE.- “EL COMODATARIO” no podrá varíar en ninguna forma el inmueble que recibe por COMODATO y mucho menos realizar modificaciones que de ninguna manera afecten su estructura, obligándose a recabar por escrito la autorización del COMODANTE para realizar cualquier mejora, misma que en su cargo quedara en beneficio de la finca.
OCTAVA.- CAUSAS DE RESCISION.- Serán causas de rescisión de este contrato las siguientes:
I.- La muerte del COMODANTE;
II.- La quiebra o clausura de la oficina o suspensión de pago del COMODATARIO;
III.- La terminación del derecho de propiedad del inmueble por cualquier motivo;
IV.- La notificación gubernamental de ampliación de la calle donde se encuentre el bien dado en COMODATO, conforme a los términos del art. 179 de la Ley de Urbanismo y Planeación en vigor.
La falta de cumplimiento en las cláusulas de este contrato será motivo suficiente para que a elección de “EL COMODANTE” exija su cumplimiento forzoso o de por rescindido el presente contrato.
NOVENA.- DAÑOS Y PERJUICIOS: “EL COMODANTE” no se hace responsable para con “EL COMODATARIO” de los daños y perjuicios que el mismo pueda sufrir en su persona o en el inmueble, con motivo de robo, incendio, explosión o cualquier causa de fuerza mayor.
DECIMA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Para el caso de controversias las partes se sujetan a la jurisdicción de los Tribunales de Monterrey, renunciando ambas partes a cualquier otra que por motivo de domicilio u otro pudiera corresponderle.
Ambas partes se reconocen las personalidades con que comparecen a la suscripción del presente CONTRATO DE COMODATO y que en este no existe dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar su validez y para los efectos legales a que hubiere lugar firman el mismo por duplicado en el Municipio de Monterrey, Nuevo León a los 20 días de Marzo del 2001.
___________________ ______________________
EL COMODANTE EL COMODATARIO
TESTIGO TESTIGO
_____________________ _______________________
ADECUALO A LA LEGISLACION DE TU LOCALIDAD.
PD NO HAS OPTADO POR ACUDIR ANTE UN NOTARIO Y QUE SEA CERTIFICADO.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm
SALUDOS