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10/Jul/06 14:47
Nuevas disposiciones de IVA

Estimados Colegas:

Les envío un cordial saludo y a su vez quisiera me expresaran su opinión con referencia a los siguientes temas:

Derivado de las Modificaciones publicadas el 28 de junio, se manifiesta una integración de IVA y Retenciones como consecuencia del nuevo llenado de los pagos provisionales mensuales de impuestos federales;

por lo cual, me gustaría saber que aplicación y tratamiento le darán para cumplir con dicha obligación que aplicará a partir del 17 de octubre con información del periodo septiembre 2006 siendo que aun no ha salido una parametrización, programa o reglas de carácter general del como se entregara la información.

De establecerse un criterio para la integración de IVA, ¿qué pasará o cómo reportarán las operaciones virtuales?. Considerando que no existió una salida de efectivo.

En caso de no salir publicado algún criterio, lineamiento y/o software, ¿qué harán para cumplir con dicha obligación?

Sin más por el momento y agradeciendo de ante mano todos sus comentarios al respecto, quedo de ustedes.



Saludos
 

 
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REGIO
Sargento Segundo

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10/Jul/06 14:56
Re: Nuevas disposiciones de IVA

El verdadero peligro para México

SEÑORAS Y SEÑORES, TEMO INFORMARLES LO QUE YA MUCHOS SOSPECHÁBAMOS, EL VERDADERO PELIGRO PARA MÉXICO SON LOS PANISTAS. Mientras nos encontrábamos en plena guerra electoral el congreso aprobó una serie de medidas fiscales que ponen en riesgo a grandes empresarios y a todo tipo de personas (en términos fiscales a personas físicas y morales). En este momento varios de los empresarios más importantes del país se encuentran con sus cuentas congeladas y probablemente se están arrepintiendo de haber apoyado la campaña de Felipe Calderon. De acuerdo a la historia de una de estas empresas, el SAT les envío una multa y los administrativos de la empresa confirmaron la información y vieron que la multa no procedía. Conforme a la ley presentaron una inconformidad. Lo que resultó es que al no haberse pagado la multa el SAT envió a la Camisón Nacional Bancaria una solicitud de congelamiento de cuentas y como no se sabe en que banco se encuentra la cuenta, todos los bancos del país procedieron a congelar todas y cada una de las cuentas del contribuyente. Esto sin tomar en consideración que el monto de la multa era mínimo. El congelamiento de cuentas impide realizar cualquier operación bancaria y por consiguiente el contribuyente se ve en la imposibilidad de pagar un amparo, único recurso legal para que se suspenda el congelamiento de la cuenta y cuyo proceso puede durar más de tres meses. El caso de estas empresas es que se encuentra en imposibilidad de realizar cualquier pago ya sea de salarios, impuestos o a proveedores, es decir se encuentran totalmente paralizadas. Esta situación se agrava con las nuevas disposiciones fiscales donde se deben hacer declaraciones mensuales completamente detalladas de pagos a proveedores y debido a la complejidad de los requerimientos es fácil cometer errores y hacerse acreedor de multas inmerecidas. Este es el caso de varias empresas pero esto le puede suceder a cualquiera persona. Avísele a su contador.

Este es el Estado de Derecho que actual gobierno panista está defendiendo al cual Felipe Calderón pretende dar continuidad. ¿Si este es el apoyo y las facilidades que les está dando a los empresarios, entonces me pregunto qué puedo esperar yo, simple trabajadora, del próximo gobierno? ¿En dónde estaría el presidente del empleo si con estas medidas intimidatorias da terror efectuar cualquier inversión en México? No sólo el SAT está en posibilidad de congelar cuentas, está la Secretaria del Trabajo con una simple demanda de un trabajador, el IMSS, el Infonavit, etc. Esto se puede hacer sin mediar la orden de un juez, un empleado menor puede hacerlo. CUIDADO. Se trata a las empresas que están dando empleos a los mexicanos como verdaderos delincuentes, EXISTE GRAN INSEGURIDAD JURIDICA, EXISTE TERRORISMO FISCAL EXISTE DICTADURA TOTAL.
Ojala las autoridades tomaran en cuenta este mensaje y dieran marcha atrás a las nuevas multas que lo único que tienen es un carácter recaudatorio sumamente agresivo ya que se trata de multas que no toman en cuenta la capacidad de cada contribuyente. Se trata de cambios y resoluciones misceláneas que rebasan cualquier lógica.

Con mayor especificidad, se acaba de aprobar un cambio a la ley de amparo que obliga a pagar lo requerido por la autoridad como requisito para que de la resolución favorable para el amparo, yo me pregunto cómo pagaría si mis cuentas están congeladas.Tenemos el caso de una modesta modista que la autoridad le embargo su maquina de coser y gracias a eso y a la tensión que le provoco la situación falleció de un infarto.Los embargos que realizan las autoridades se efectúan infringiendo todas las disposiciones que el código fiscal marca. Me sentiría yo más segura con Sadam en Irak.


ESTA NO ES PUBLICIDAD NI MERO RUMOR, DESGRACIADAMNETE ES LA REALIDAD QUE SE ESTÁ VIVIENDO EN NUESTRO PAÍS. LO SABÍA.

SABÍA QUE SI SE CAMBIA DE DOMICILIO COMO CONTRIBUYENTE SIN AVISAR AL SAT SERIA USTED TIPIFICADO COMO VERDADERO DELINCUENTE MERECEDOR AL MINIMO DE CUATRO AÑOS DE CARCEL.

Probablemente regresemos a tener nuestros ahorros debajo del colchón.

MIENTRAS LAS LEYES SEAN LABERINTOS TERMINOLOGICOS Y CRUCIGRAMAS INDECIFRABLES, NADIE PODRA PAGAR ADECUADAMENTE SUS IMPUESTOS, POR LO TANTO TODOS ACABARIAMOS EN LA CARCEL O BIEN EN LA QUIEBRA CAUSADA POR NUESTRO ACTUAL GOBIERNO.

Atte. Lic. María Fernanda Ampudia
 
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FDIAZS
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10/Jul/06 16:08

El verdadero peligro para Mexico, somos la gente paranoica que se deja influenciar por los demas..
Yo me pregunto si sabes que esas reformas ya estaban autorizadas desde Abril? que fueron iniciativas presentadas por los representantes de los diferentes partidos? que la mayoria de los diputados y senadores no son del PAN?
Entra a esta liga...
http://portal.imcp.org.mx/content/view/2665/223/1/1/
 
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catotin
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10/Jul/06 16:19
Re: Nuevas disposiciones de IVA

Esto me suena como a resentimiento con la derrota de otro candidato, pero este no es el foro para desprestigiar a ningun partido, no se dejen influenciar.


p.d. nada que ver la contestacion de FDIAZS con el topico, si alguien tiene informacion de lo que pregunta regio comentenosla ya que a mi tambien me interesa como vamos a cumplir con las nuevas dispocisiones de octubre

saludos
 
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Calculador
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10/Jul/06 16:22

Segun lo explicado en el curso se daran a conocer las reglas de caracter general antes de que entregn en vigor las reformas..
 
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catotin
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10/Jul/06 16:56
Re: Nuevas disposiciones de IVA

Y TAMBIEN ANTES DE QUE SE HAGA LA PRIMERA DECLARACION VAN A ENTREGAR EL PROGRAMA PARA HACERLO Y LA EXPLICACION DE COMO HACERLO ASI ESTA EN EL TEMARIO DEL CURSO QUE ESTA DANDO HACIENDA, LO QUE HAY QUE EMPEZAR A HACER ES CHECAR EL SISTEMA CONTABLE QUE TIENES Y VER LA POSIBILIDAD DE QUE DEL MISMO SISTEMA CONTABLE EXTRAIGAS LA INFORMACION PARA LA DECLARACION, CASI TODOS LOS PROGRAMAS DEL SAT TRAEN HERRAMIENTAS DE IMPORTACION DE DATOS, SOLO ES TENER EN CUENTA QUE DATOS VAN A SOLICITAR Y EXTRAERLOS DE TU SISTEMA Y SI NO LOS TIENE TU SISTEMA PUES HABLA CON TI INGENIERO O DE PLANO COMPRA UN SISTEMA DE LOS MUCHOS QUE HAY Y QUE SEGURO TRAERAN ALGUNA HERRAMIENTA
 
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martinsanchez
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10/Jul/06 18:19

Estimado FDIAZS, procure informarse primero, el PAN no dicta las leyes ni es mayoría en el Congreso en este momento.

Regio contestando a tu pregunta, de acuerdo con el material didáctico del diplomado, se emitirán posteriormente las reglas para la presentacion de esta información, durante 2005 será por trimestre JUL a SEP a presentarlo el 17 de Octubre, y OCT a DIC el 17 de enero. No entiendo bien a que te refieres con operaciones virtuales, pero te recuerdo que el IVA se calcula en base al flujo de efectivo, por lo tanto si provisionas facturas que no has pagado ó expediste facturas que no has cobrado no entraran en la informativa mensual (trimestral para 2005).

Saludos.

Saludos.
 
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lc_psantos
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10/Jul/06 18:27
Re: Nuevas disposiciones de IVA

LC_PSANTOS:

CREO QUE QUISISTE REFERIRTE AL AÑO 2006.
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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11/Jul/06 8:29

Santos

Por operaciones virtuales, yo consideraria aquellas operaciones en donde se satisface el interes del acreedor aunque no exista flujo de efectivo.

Ya vez para extinguir las obligaciones, tienes las compensaciones, confución, renovación, dacion en pago, etc.

Esas como podrian informarla? por otro lado tam bien, el grado de información o detalle que podrian solicitar tambien
 

 
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REGIO
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11/Jul/06 10:14

Es cierto Chavalon, me equivoqué, es 2006. Sorry.

Regio, ok ya entendí, yo creo que el procedimiento que se aplicará es el mismo que se ha usado en las informativas anuales, tengo entendido que pediran RFC's, base Gravable, IVA pagado, Tasa a la que corresponde, y no estoy muy segura si tambien domicilio. Respecto a las operaciones virtuales pienso que si deberan incluirse, lo que quiere el SAT es tener la integracion del IVA que estás acreditando en el mes, lo demás ya formará parte de tus papeles de trabajo. Si gustas te envío por mail el módulo V, que és donde viene la información.

Saludos.

Saludos.
 
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lc_psantos
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