09/Jun/06 20:55
Se dictamina empresa por compartir accionista con Cliente ?
Una empresa (Sociedad Civil) presta sus servicios a un sólo cliente que es una Sociedad Anónima.
Ninguna de las dos sociedades posee acciones de la otra, por lo tanto no podemos decir que alguna de ellas sea Controladora o Controlada.
No obstante, ambas comparten un mismo accionista que en la Sociedad Civil posee el 63% del Capital, y en la Sociedad Anónima el 25% únicamente.
La Sociedad Anónima sí esta obligada a dictaminarse por exceder los ingresos que establece la fracción I del Artículo 32-A del CFF.
En la Sociedad Civil, ni los ingresos, ni el valor del activo ni el número de empleados exceden de los límites de la fracción I del artículo 32-A del CFF.
¿ La Sociedad Civil está obligada a dictaminarse ?
¿ Se puede presumir Control Accionario o Control efectivo por poseer más del 50% de las acciones en una de las empresas o debe ser en ambas ?
Saludos. 8)
'...Sobre poco has sido fiel; Sobre mucho te pondré...' Mateo 25:21