29/May/06 10:37
AVISO DE PF TRANSPORTISTAS
Alguien me podría ayudar? En el art. 83 5o. párrafo establece la opción a las PF integrantes de una PM de Autotransportes de carga Federal. de tributar en forma individual. y establece la obligación de presentar un escrito y un aviso ante las autoridades fiscales. Yo recuerdo que en Resolución Miscelanea decia que el requisito del escrito y el aviso se cumplia con el registro en el RFC de la persona física y que presentada la primera vez ya no se tenia que cumplir con esa obligación en los años subsecuentes.
¿Alguien me podría informar si estoy en lo correcto y en qué regla de la RM se establece?
gracias por su ayuda