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23/May/06 11:24
EMBARGO SALARIAL

HOLA A TODOS, ESPERANDO QUE ME PUEDAN AYUDAR CON LA SIGUIENTE DUDA

NOS A CABA DE LLEGAR UN OFICIO EN CUAL SE ORDENA DESCONTAR UN PORCENTAJE A UN EMPLEADO DEL SALARIO Y DEMAS PRESTACIONES QUE PERCIBE DE DICHA EMPRESA Y LA CANTIDAD RESULTE EN DINERO LE SEA ENTREGADA A......POR CONCEPTO DE PENSION ALIMENTICIA.
O SEA QUE ESTO ES UN EMBARGO SALARIAL. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE:
LA DEDUCCION SE HACE DE LAS PERCEPCIONES (BRUTO) O SOBRE EL PAGO NETO.

LES AGRADECERIA MUCHO SU APOYO.

SALUDOS
 
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DCT1979
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23/May/06 13:26
Re: EMBARGO SALARIAL

sosgtorreon
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23/May/06 15:26
Re: EMBARGO SALARIAL

MUCHAS GRACIAS

SALUDOS
 
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DCT1979
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25/May/06 12:51

Acabo de recibir una orden del juzgado para una pensión alimenticia.

Ahora estuvo mejor la redacción, dice "descontar $300.00 de su salario semanal" y 50% de las demás prestaciones (aguinaldo, prima vacacional, despensa y fondo de ahorro que es lo unico que otorga la empresa).

Me surge la duda con la aplicación de la fracción XXII del artículo 109 de la LISR.
 
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Mem
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25/May/06 22:34

[quote:73d3208f9b="Mem"]...dice "descontar $300.00 de su salario semanal" y 50% de las demás prestaciones (aguinaldo, prima vacacional, despensa y fondo de ahorro que es lo unico que otorga la empresa).
[/quote:73d3208f9b]
:| Buenas noches. A ver: ¿No pagan hs extras, primas dominicales, festivos laborados, bonos, premios, comisiones, ni ninguna otra percepcion x su trabajo...? Como que está extraño ese importe fijo. ¿Y cuando el trabajador tenga alguna ausencia...?

[quote:73d3208f9b="Mem"]Me surge la duda con la aplicación de la fracción XXII del artículo 109 de la LISR.[/quote:73d3208f9b]
No tengo la LIsr a la mano... pero ¿qué tiene que ver una exención a los salarios con un descuento x pension alimenticia....? Aqui si que me perdí...

El Lic.
 
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pepesoto
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26/May/06 10:12

Estimado Lic.

De los otros conceptos que mencionas eventualmente hay tiempo extra y festivos laborados y festivos pagados por contrato ley...

Si falta un día, le voy a seguir descontado los $300.00 si falta más días no voy a poder descontarle... ahí va a surgir un "vacio", aunque por una semana que no le descuentes, la ex esposa deberá entenderlo.

Incluso el trabajador vino a renunciar, sólo que cuando le dije que el 50% era para su ex "brujer", decidio seguir trabajando.

Ahora respecto al descuento de ISR, yo creo que deberia exentarsele de los ingresos del trabajador, el importe de la pension alimenticia... lo ideal serçia abrir otro topico.

Saludos
 
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26/May/06 10:13

50 por ciento de la liquidacion.
 
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Mem
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26/May/06 23:31
Re: EMBARGO SALARIAL

:| Buenas noches. Soy de la opiniòn de que el patrón haga un servicio a su trabajador y que elabore un escrito al juzgado solicitando la reconsideraciòn de la pensión de este trabajador en particular... El trabajador lo agradecerá.... Sigo sin entender la relación de [i:7da082c4c9]exentar[/i:7da082c4c9] con la pensión....

El Lic.
 
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pepesoto
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27/May/06 11:03

[quote:ae17d4d9d5="Mem"]
Me surge la duda con la aplicación de la fracción XXII del artículo 109 de la LISR.[/quote:ae17d4d9d5]

ARTICULO 109. NO SE PAGARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR LA OBTENCION DE LOS SIGUIENTES INGRESOS:

XXII. LOS PERCIBIDOS EN CONCEPTO DE ALIMENTOS EN LOS TERMINOS DE LEY.


Mi interpretación es que esa exención aplica para la persona que reciba en calidad de alimentos determinada cantidad, en este caso, de la esposa, es decir, que la esposa no está obligada a pagar ISR sobre la pensión que perciba por concepto de alimentos.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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27/May/06 20:13

[quote:4068e06ba5="Mem"]Ahora respecto al descuento de ISR, yo creo que deberia exentarsele de los ingresos del trabajador, el importe de la pension alimenticia...[/quote:4068e06ba5]
:| Buenas noches. Creo que Ud esta hecho bolas. La pension alimenticia es un descuento. El isr a salarios es un descuento totalmente distinto y que no tiene nada que ver con la pension alimenticia, el cual es un descuento decretado x un juzgado familiar que se hace al trabajador para ser entregado a sus hijos (a traves de la señora...)

El Lic.
 
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pepesoto
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