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26/Abr/06 16:21
PERDIDA FISCAL

COLEGAS:
Voy a presentar una declaracion anual de persona fisica que me sale perdida fiscal.
¿Bastará con presentarla via internet o hay que presentarlo en ventanilla bancaria?

GRACIAS.
 
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rmartinez7
Sargento Segundo

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26/Abr/06 16:27

Sólo via internet
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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26/Abr/06 16:33

Puedes presentarla de las 2 formas
 
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supervinos
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26/Abr/06 16:41

supervinos

Tienes razon, me equivoque.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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26/Abr/06 16:44

Si haces uso de la tarjeta tributaria, puedes presentar la forma 13 ante el el SAT o en el banco (teniendo la opción de enviarla por internet tambien), y si no haces uso de la tarjeta sólo vía internet
 
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supervinos
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26/Abr/06 17:13
Re: PERDIDA FISCAL

GRACIAS A TODOS
 
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rmartinez7
Sargento Segundo

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26/Abr/06 21:27

[quote:affa717cde="supervinos"]Si haces uso de la tarjeta tributaria, puedes presentar la forma 13 ante el el SAT o en el banco (teniendo la opción de enviarla por internet tambien), y si no haces uso de la tarjeta sólo vía internet[/quote:affa717cde]

LA TARJETA TRIBUTARIA NO SE REQUIERE PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL; SOLAMENTE SE REQUIERE EN PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS DEFINITIVOS.

EN LA SECCIÓN DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS DEL SAT, MENCIONA LO ANTERIOR:

6.- Para presentar la declaración anual de 2005 en ventanilla bancaria, ¿es indispensable el uso de la Tarjeta electrónica (Tarjeta Tributaria)?

[color=blue:affa717cde]No,[/color:affa717cde] [color=red:affa717cde]ya que la Tarjeta electrónica (Tarjeta Tributaria) sólo aplica para pagos provisionales, mensuales o definitivos.[/color:affa717cde]

Fundamento legal: Regla 2.15.1. de la RMF para 2005, publicada en el DOF el 30 de mayo de 2005.
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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27/Abr/06 10:38

Primero tendrías que ver si en el 2004 tus ingresos excedieron de $ 1,750,000.00 (esto suponiendo que realizaste actividades empresariales); si excedieron, deberás presentarla por internet, si fueron inferiores se presenta de manera impresa (en el sat o en el banco) pudiendo presentarla vía internet en la página del sat.
Fundamento: Capítulos 2.14, 15, 17 y 18
 
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Oswualdo
Soldado

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