Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
22/Mar/06 11:05
Decl. anual P.F. con saldo a cargo

Buen día,

Una persona fisica con sueldos y arrendamiento calculó su declaración anual y le dió un saldo a cargo, ese monto lo quiere pagar por internet, basta con que entre al portal del banco y haga el pago o tambien debe presentar algo en el portal del sat? gracias por sus comentarios.
 
Perfil

MEXTAX
Capitán Segundo

Mensajes: 555
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Mar/06 11:59

debe de presentar la declaracion por el sat ya que le van a pedir por el portal el numero de operacion del envio de la declaracion
 
Perfil

marcoacoello
Sargento Segundo

Mensajes: 73
Ingresó: Abril 05, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Mar/06 16:31
Re: Decl. anual P.F. con saldo a cargo

RMF PARA EL 2005

2.17. Declaraciones anuales vía Internet
2.17.1.Para los efectos del séptimo párrafo del artículo 20 y primer párrafo del artículo 31 del Código, los contribuyentes a que se refiere la regla 2.14.1. de esta Resolución, presentarán vía Internet las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio de 2004 del ISR e IMPAC, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, ante las instituciones de crédito que se encuentren autorizadas en el Anexo 4, rubro C de la presente Resolución. Los contribuyentes deberán observar el siguiente procedimiento:

I.Obtendrán[/b:7eed066b37], según sea el caso, el Programa para Presentación de Declaraciones Anuales 2004 tratándose de personas morales o el Programa para Presentación de [b:7eed066b37]Declaraciones Anuales de las Personas Físicas 2004 (DeclaraSAT), en la dirección electrónica del SAT (www.sat.gob.mx)[/b:7eed066b37] o en dispositivos magnéticos en las administraciones locales de asistencia al contribuyente.

II.[b:7eed066b37]Capturarán los datos solicitados en los programas citados, correspondientes a las obligaciones fiscales a que estén sujetos[/b:7eed066b37], debiendo manifestar bajo protesta de decir verdad que los datos asentados son ciertos.

Tratándose del Programa para Presentación de Declaraciones Anuales de las Personas Físicas 2004 (DeclaraSAT), podrá hacerse mediante cualquiera de las siguientes opciones:
a)Captura de datos con cálculo automático de impuestos, correspondientes a las obligaciones fiscales a que estén sujetos.
b)Captura de datos sin cálculo automático de impuestos, correspondientes a las obligaciones fiscales a que estén sujetos.

Adicionalmente, las personas físicas que obtengan ingresos por salarios, conceptos asimilados a salarios, servicios profesionales, intereses pagados por integrantes del sistema financiero o ingresos exclusivamente por el otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles destinados a casa habitación, ya sea por un solo concepto o acumulando dos o más de los ingresos señalados, podrán utilizar, según corresponda, el Programa para Presentación de Declaraciones Anuales de las Personas Físicas 2004 en Línea (DeclaraSAT en Línea), que está disponible en la dirección electrónica del SAT (www.sat.gob.mx), el cual permite la captura de datos con cálculo automático del ISR.

III.[b:7eed066b37]Concluida la captura, se enviará al SAT la información vía Internet a través de la dirección electrónica del SAT (www.sat.gob.mx). La citada dependencia enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho Organo.[/b:7eed066b37]
IV.Cuando no exista impuesto a cargo, se estará únicamente a las fracciones I, II y III de esta regla.

V.[b:7eed066b37]Cuando exista impuesto a cargo por cualquiera de los impuestos manifestados, los contribuyentes además deberán accesar a la dirección electrónica en Internet de las instituciones de crédito autorizadas [/b:7eed066b37]a que se refiere el Anexo 4, rubro C de la presente Resolución, [b:7eed066b37]para efectuar su pago, debiendo capturar a través de los desarrollos electrónicos diseñados para tal efecto, los datos correspondientes a los impuestos por los que se tenga cantidad a cargo, así como el número de operación y fecha de presentación contenidos en el acuse de recibo electrónico a que se refiere la fracción III de la presente regla, debiendo además efectuar el pago de los impuestos citados mediante transferencia electrónica de fondos[/b:7eed066b37], manifestando bajo protesta de decir verdad que el pago que se realiza corresponde a la información de la declaración relativa al impuesto y ejercicio, previamente enviada al SAT conforme a la fracción III de esta regla.

[b:7eed066b37]Las instituciones de crédito enviarán a los contribuyentes, por la misma vía, el recibo bancario de pago de contribuciones federales con sello digital generado por éstas, que permita autentificar la operación realizada y su pago.

Se considera que los contribuyentes han cumplido con la obligación de presentar declaración anual en los términos de las disposiciones fiscales correspondientes, cuando hayan presentado la información a que se refiere la fracción III de esta regla en la dirección electrónica del SAT por los impuestos a que esté afecto y, en los casos en los que exista cantidad a su cargo, hayan efectuado el pago de conformidad con la fracción V anterior.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
Perfil

jjfarias
Mayor

Mensajes: 1247
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Mar/06 17:32
Re: Decl. anual P.F. con saldo a cargo

Gracias por la información.
 
Perfil

MEXTAX
Capitán Segundo

Mensajes: 555
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1