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23/Feb/06 11:44
deducción en inverison de automoviles 300,000??

buenos días:

mi duda es la siguiente:
según el art. 42 fracc. II las inversiones en automóviles solo serán deducibles hasta por un monto de 300,000.00; si yo me compro una camioneta de 350,000 y un carro de 170,000, lo máximo que puedo deducir son 75,000 de la depreciación correspondiente a los 300,000 que es el tope, o me puedo de deducir hasta 300,000 de depreciación.

espero que me puedan orientar un poco
gracias!!!
 
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tregarza
Sargento Segundo

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23/Feb/06 16:28
Re: deducción en inverison de automoviles 300,000??

TU VALOR EN EQUPO DE TRANSPORTE SERA:
1ER. AUTOMOVIL. 300,000.00
2DO. AUTOMOVIL. 170,000.00

DEP´N. E.T. 11,750.00

SUERTE...!!!
 
EL MEJOR AMIGO ES TRAIDOR Y EL MAS VERDADERO MIENTE
 
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gabriela
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23/Feb/06 18:41
Re: deducción en inverison de automoviles 300,000??

GABRIELA, NO SERÁ $ 117,500.00 ANUALES?
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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24/Feb/06 14:40
Re: deducción en inverison de automoviles 300,000??

según el art. 42 fracc. II las inversiones en automóviles solo serán deducibles hasta por un monto de 300,000.00; si yo me compro una camioneta de 350,000 y un carro de 170,000, lo máximo que puedo deducir son 75,000 de la depreciación correspondiente a los 300,000 que es el tope, o me puedo de deducir hasta 300,000 de depreciación.


CAMIONETA 350,000 *25% 87,500.
CARRO 170,000 *25% 42,500.


OJO UNA COSA ES AUTOMOVIL Y OTRA MUY DISTINTA,CAMIONETA,TRACTO CAMION
 
**INVOCAR JUSTICIA ES PROPIAMENTE OTORGARLA ATRAVES DE NUESTROS ACTOS**
 
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avp
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24/Feb/06 15:12
Re: deducción en inverison de automoviles 300,000??

AVP ESCRIBIÓ

[quote:3333b44e98="avp"]según el art. 42 fracc. II las inversiones en automóviles solo serán deducibles hasta por un monto de 300,000.00; si yo me compro una camioneta de 350,000 y un carro de 170,000, lo máximo que puedo deducir son 75,000 de la depreciación correspondiente a los 300,000 que es el tope, o me puedo de deducir hasta 300,000 de depreciación.


CAMIONETA 350,000 *25% 87,500.
CARRO 170,000 *25% 42,500.


OJO UNA COSA ES AUTOMOVIL Y OTRA MUY DISTINTA,CAMIONETA,TRACTO CAMION[/quote:3333b44e98][/b:3333b44e98]

LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS

Artículo 5o.- Para efectos de esta Ley, se entiende por:

a).-[b:3333b44e98] Automóviles[/b:3333b44e98], los de transporte hasta de quince pasajeros, los camiones con capacidad de carga hasta de 4,250 kilogramos incluyendo los de tipo panel, así como los remolques y semirremolques tipo vivienda.[b:3333b44e98][/b:3333b44e98][b:3333b44e98]
 
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CHAVALON
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