hola tengo una duda, los gastos de personas fisicas tienen que estar efectivamente pagados a la fecha del cierre del ejercicio para ser deducibles o pueden pagarse despues y la deduccion es cuando se pague el gasto, por ejemplo tengo un recibo de telefono con fecha del 21 de dic 2005 pero se pago hasta ene 2006, en que momento considero el gasto y cuando es deducible en 2005 o en 2006 o es no deducible en 2005 por no haberse pagado al cierre del ejercicio, espero me puedan ayudar gracias