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04/Ene/06 7:45
DECLARACIÓN ANUAL DE P.F. 2005

La Declaración Anual de Personas Físicas 2005, puede presentarse desde hoy o hasta el mes de Abril? [color=blue:cffc5a505d][/color:cffc5a505d]
 
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CHAVALON
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04/Ene/06 10:53

De conformidad al primer párrafo del art. 175 de la LISR, debe presentarse en el mes de abril de 2006.

En el punto 3.11.7 de la Resol. Misc. Fiscal 2004-2005, se manifiesta que los contribuyentes que presentaron su declaración de 2004 en los meses de febrero y marzo de 2005, para EFECTOS FISCALES, se coniderará presentada en el mes de Abril de 2005.

Por lo anterior no creo que la puedas presentar en éste mes, además no se ha publicado el formato para la Declaración anual de 2005 de P.F.
 
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marruben
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04/Ene/06 12:07

no han liberado ni programas ni formatos oficiales para anual 2005

saludos
 
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lobozac
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05/Ene/06 0:30
Re: DECLARACIÓN ANUAL DE P.F. 2005

[color=blue:106901e0b2]GRACIAS, MARRUBEN Y LOBOZAC, LES AGRADEZCO LA INFORMACIÓN,

FELIZ AÑO 2006 LES DESEO

GRACIAS DE NUEVO[/color:106901e0b2]
 
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CHAVALON
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09/Ene/06 17:50
Re: DECLARACIÓN ANUAL DE P.F. 2005

metere mi cuchara cuando parece tque todo quedo claro...


en mi opinion la ley es muy clara y tacitamente dice que debera presentar la declaracion anual a mas tardar el 30 de abril asi que a mi entender puedo presentarla desde 01 ene 2006 y hasta el 30 abril 2006 , la miscelanea no crea obligaciones solo derechos, amen de que el sat para no devolver isr a favor se base en la miscelanea , ya que si esto es asi basta un recurso de revocacion y si de plano se montan en el macho, basta el juicio de nulidad.....
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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09/Ene/06 18:40
Re: DECLARACIÓN ANUAL DE P.F. 2005

CJLOPEZASESORIA, TE AGRADEZCO TU ATINADO COMENTARIO, MI DUDA SURGIÓ POR QUE ALGUNAS PERSONAS FÍSICAS QUE ATIENDO, TIENEN ISR A FAVOR EN LA DEC. ANUAL Y ME PRESIONABAN A QUE LA PRESENTARA CUANTO ANTES, YO SÉ QUE EL SAT AÚN NO LIBERA EL SOFTWARE Y QUE EL MES EN QUE EMPIEZA A CONTAR EL PLAZO PARA LA DEVOLUCIÓN ES A PARTIR DE ABRIL, PERO COMO TU COMENTAS SE APEGAN A LO QUE LES CONVIENE.

GRACIAS [color=blue:5addb4ff4e][/color:5addb4ff4e]
 
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CHAVALON
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09/Ene/06 23:43

ART. 175 CAPITULO XI LISR TEXTUALMENTE DICE:
"LAS PERSONAS FISICAS QUE OBTENGAN INGRESOS EN UN AÑO DE CALENDARIO, A EXEPCION DE LOS EXENTOS Y DE AQUELLOS POR LOS QUE SE HAYA PAGADO IMPUESTO DEFINITIVO, ESTAN OBLIGADAS A PAGAR SU IMPUESTO ANUAL MEDIANTE DECLARACION QUE PRESENTARAN [size=18:0cec32e74d]EN EL MES DE ABRIL DEL [/size:0cec32e74d]AÑO SIGUIENTE, ANTE LAS OFICINAS AUTORIZADAS.
CHEQUENLO DICE EN EL MES DE ABRIL Y NO A MAS TARDAR Y NO ES LA MISCELANEA ES LA LISR
ESPERO AYUDE EN ALGO
 
no es el amor quien muere, somos nosotros mismos. en esa gran region donde el amor, angel terrible, esconde como acero en mi pecho su ala, sonriendo lleno de gracia aérea mientras crece el tormento. luis cernuda
 
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yllil
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09/Ene/06 23:51
Re: DECLARACIÓN ANUAL DE P.F. 2005

Estoy de acuerdo contigo, yllil.

En cuanto a las personas físicas:

Textualmente, leemos en la Ley del ISR:

Artículo 175. Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.

En la Ley del Impuesto al Activo, se dice en el Artículo 8 que "tratándose de personas físicas, la declaración de este impuesto, se presentará durante el período comprendido entre los meses de febrero a abril del año siguiente a aquél por el que se presenta la declaración".

Si bien en lo que respecta a Impuesto al Activo la Ley indica que la declaración se presenta entre los meses de febrero y abril, para el ISR la "presentarán en el mes de abril del año siguiente", sin dar cabida a que la declaración del ISR pueda presentarse en meses anteriores a abril.

(En cuanto al IMPAC, recordemos que en su correspondiente Ley se hace referencia a artículos de la Ley del ISR vigente hasta 2001, siendo actualizadas estas referencias, no mediante reforma a la Ley del IMPAC, sino vía Artículo Segundo, fracción LXIV de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2002. Sin embargo, no se hizo mención de cambio alguno en cuanto al período de tiempo en el cual deba presentarse la declaración anual del Impuesto .)

Aunque la Ley del ISR no contempla que la declaración pueda presentarse en febrero o marzo, la Resolución Miscelánea sí lo permite, si bien dispone que para efectos fiscales, ésta se tendrá por presentada el 1 de abril.
 
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atperez
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10/Ene/06 11:25
Re: DECLARACIÓN ANUAL DE P.F. 2005

si asi es, pero en mi opinion por que me limita la ley? es legal pero es constitucional? por que a las pm si les permite desde ene y hasta marzo? voy mas alla....
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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10/Ene/06 18:26
Re: DECLARACIÓN ANUAL DE P.F. 2005

[color=blue:4ca6c4df12]GRACIAS A TODOS POR SUS ATINADOS Y FUNDAMENTADOS COMENTARIOS, PERO MI DUDA SE BASA EN QUE SUPONIENDO QUE DURANTE EL MES DE FEBRERO EL SAT LIBERE EL O LOS SOFTWARES, SI PRESENTO LA DECLARACIÓN EN DICHO MES, RECIBO UNA SANCIÓN POR HACERLO ANTES DE ABRIL QUE ES LO QUE SEÑALA LA LISR?
LA LISR PROHIBE PRESENTARLA ANTES DE ABRIL?

AGRADEZCO DE ANTEMANO SUS COMENTARIOS[/color:4ca6c4df12]
 
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CHAVALON
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