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31/Oct/05 13:54
Verificativo prueba confesional (laboral)

Hoy día, el proceso de mi demanda laboral se encuentra en la presentación de pruebas, de lo que me surge la duda del texto que a continuación transcribo:

LA JUNTA ACUERDA: Por celebrad la presente audiencia con los resultados que se desprenden de la presente acta. Se reconoce la personalidad del compareciente por el apoderado del actor en términos de la carta poder que obra a 4 de los autos, en términos del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo. Se reconoce la personalidad de la demandada en términos del testimonio notarial y carta poder que exhibe en la presente audiencia en términos del articulo 692 de la Ley Federal del Trabajo. Se tene por fracasada la etapa conciliatoria. Se tiene a la parte actora ratificando y reproduciendo su escrito inicial de demanda. Se tiene a la demandada dando contestación a la demana un escrito ueno en 4 fojas útiles, se tiene por hechas las manifestaciones de las partes de vía de réplica y contraréplica. Se tiene a la parte actoa ofreciendo sus pruebas en términos de un escrito bueno en dos fojas útiles y su declaración en forma oral, se tiene a la demanada ofreciendo sus pruebas en términos de un escrito bueno en dos fojas útiles y objetando las partes las pruebas de su contraria y con fundamento en los artículos 776 al 780 de la Ley Laboral se aceptan las pruebas ofrecidas por la parte actora con excepción de la inspección marcada con el número 6 toda vez que la misma se deseche por no ser hechos controvertidos y no tener relación con la litis. De la demandada se aceptan sus pruebas. Lo anterior en términos del artículo 779 de la LeyFederal del Trabajo cerrándose la etapa de Ofrecimiento y Admisión de pruebas con las salvedades establecidas por los artículos 778 y 881 de la ley Laboral y para la continuación del proceso se señalan las TRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA 5 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO para que tenga verificativo la CONFESIONAL ofrecida por la parte actora a cargo de la demandada, continuándose con la CONFESIONAL ofrecida por la demandada a cargo del actor y concluyéndose con la CONFESIONAL PARA HECHOS PROPIOS ofrecidapor la actora a cargo del C. (nombre del representante legay y el que era mi jefe). Se apercibe a los absolventes que de no comparecer el día y hora indicado se le declarará confeso ficto de las posiciones que se les articulen y sean calificadas de legales en términos de los artículos 788 y 789 de la Ley Laboral, absolentes que deberán ser notificados por conducto de sus apoderados y para el absolvente de hechos propios será notificado por conducto del C. Actuario en el domicilio proporcionado por el oferente de la prueba...

Sige con el señalamiento de las fechas y horario en que deberán presentarse los testigos por parte de la empresa y de parte mia.

La pregunta es: Debo presentarme el día 5 de noviembre? en ninguna parte del escrito en comento se menciona mi nombre, lo cual no sucede con el de los testigos y de la empresa a la que demando, ya que por ésta última se señala al que era mi jefe.

¿Que sucedería si yo no me presentó, mi suple el abogado de la junta de conciliación?

Les agradezco su tan apreciable apoyo.
 
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jand_nava
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31/Oct/05 19:56
Re: Verificativo prueba confesional (laboral)

:| Buenas noches. No tenga Ud frio. Si usted NO está ofrecido como testigo no hay ningun problema, ya que solo se deben presentar aquéllos que hayan sido ofrecidos como tales.

Salutes, El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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