08/Oct/05 18:07
Re: SOBRE CONSUMO DE COMBUSTIBLE, HAY ALGUN TOPE?
En cuanto a la deduccion de combustibles, la unica limitante que conozca es cuando el art. 42 de LISR condiciona la deduccion de los AUTOMOVILES hasta $300,000.00, en este sentido el calculo seria mas o menos asi.
MOI 600,000.00 / deduccion permitida 300,000.00 = 50%
Gastos en gasolina 500.00
Gasolina deducible: 250.00
Gasolina NO deducible: 250.00
Lo anterior en correlacion con el 32-II de la LISR
Saludos :)
"Brindo por que mis versos cual saetas, lleguen hasta las grietas, formadas de metal y de granito, del corazón de la mujer ingrata, que a desdenes me mata, pero que tiene un cuerpo muy bonito"