05/Oct/05 15:19
Buenas tardes:
Esta informacion se encuentra en la pagina de infonavit : http://www.infonavit.org.mx/trabajador/defuncion_incapacidad.shtml
¿Defunción o incapacidad?
Si se presentan las siguientes condiciones, amparadas por una resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Autoseguro de tu crédito finiquitará tu deuda, y podrás liberar tu crédito:
1. Defunción
2. Invalidez Definitiva
3. Incapacidad Total Permanente
4. Incapacidad Parcial Permanente del 50% o más
1. Envía por fax al INFONATEL (91-71-50-50 en la Ciudad de México ó 01-800-00-839-00 en el interior de la República) lo siguiente, dependiendo de la causal de resolución:
DEFUNCIÓN
· Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil que acredite el deceso del trabajador acreditado.
INVALIDEZ DEFINITIVA
· Resolución de Invalidez emitida por el IMSS
INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE
· Dictamen de Incapacidad Total Permanente emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE DEL 50% O MAS
· Resolución de Incapacidad Parcial Permanente del 50% o más, emitida por el IMSS
2. Llama para confirmar la recepción del fax al mismo número.
3. Llama nuevamente al INFONATEL en 60 días para que de informen si procede o no la cancelación de la hipoteca.
4. Si procede la cancelación de la hipoteca, envía por fax al INFONATEL una carta con datos del notario (nombre completo, número de notaría, dirección completa, incluyendo código postal y número telefónico y de la escritura: numero de escritura y datos de inscripción.
5. Llama para confirmar la recepción del fax al mismo número.
Saludos.