Buenos dias a todos los que están presentes, mi duda es esta:
Las personas Morales Escuelas están exentas del pago de ISR e IMPA, ahora bién ¿ están obligadas a presentar declaración provisional mensual de ISR ? si tienen regitrada la clave de retenciones y se presenta la primera en ceros ¿ debe seguir presentando las siguientes en ceros o con la primera yá nó es necesario ?
por su ayuda gracias.
Como las escuelas tienen trabajadores, tienen la obligación de retenerles el ISR sobre salarios y enterarlo al mes siguiente; en el caso de que al hacer el cálculo de ese ISR te salga un Crédito al Salario para entregar, entonces debes presentar la estadística con el motivo en "ISR retenciones por salarios" como "En el cálculo del impuesto a cargo de asalariados y asimilados por los pagos del periodo no se genera retención".
Si tienes trabajadores que tengan retención y otros que tengan crédito al salario, entonces, puedes disminuír el CAS pagado del ISR retenido y sólo pagarás la diferencia entre ellos.
Espero que mi opinión te haya servido
Compañero, tambien revisa la escuela no situe en los supuestos de segundo párrafo de la fracción XX, del art. 95 LISR, que habla del remanente ficto.
Omision de ingresos
Compras no registradas e indebidamente registradas
Erogaciones no deducibles