Una vez iniciada la revisión no queda mas que ver si te lo detectan y te pidan pagues. Las complementarias ya iniciada la revisión se consideran no espontaneas y las multas aplican incluso en mayor cuantía que si pagas en el momento en que la autoridad te lo señale.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
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04/Dic/06 21:28
Solo como observacion... CHEQUE, Si se puede corregir la situacion fiscal aun iniciado las facultades de comprobacion de la autoridad y la multa se reduce sustancialmente, verifica la LFDC
[quote:9808592872="EDPZ"]Solo como observacion... CHEQUE, Si se puede corregir la situacion fiscal aun iniciado las facultades de comprobacion de la autoridad y la multa se reduce sustancialmente, verifica la LFDC[/quote:9808592872]
Efectivamente se puede autocorregir con fundamento en los Arts. 16 y 17 de la LFDC.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm
SALUDOS