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30/Sep/05 12:22
Los recargos se causan hasta por 5 años? que alguien me expl

Tengo un credito fiscal correspondiente al año de 1998, me lo notificaron en 2002, son unas diferencias de IMSS. ¿aplica lo que señala el articulo 21 de que los recargos solo se causaran hasta por 5 años? el mismo articulo marca una salvedad pero no termino de entender si caigo en esa salvedad por el hecho de que me requirieron el pago en 2002.
Por favor alguien que me pueda explicar cuando aplica que solo se causen recargos hasta por 5 años
 
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cp_enrique
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30/Sep/05 12:38
Re: Los recargos se causan hasta por 5 años? que alguien me

Yo considero que si aplica pues si ejercio facultades la autoridad, pero me queda duda esperemos comentarios por que el 67 3er parrafo despues de la fraccion IV dice que no se interrumpe la caducidad salvo las fracciones II, III y IV del 42 de CFF, y en sentido estricto el 42 no refiere al pago si no a revisiones, a ver que opinan los demás, saludos. :evil:
 
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edgarivanp
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30/Sep/05 14:45
Re: Los recargos se causan hasta por 5 años? que alguien me

gracias por tu aportacion, esperemos que alguien mas opine algo
 
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cp_enrique
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30/Sep/05 15:35
Re: Los recargos se causan hasta por 5 años? que alguien me

pienso que si aplica, puesto te lo notifico o requirio en el 2002....saludos
 
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CPhugoocejo
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30/Sep/05 17:31
Re: Los recargos se causan hasta por 5 años? que alguien me

creo que ya me revolvi
Pregunta: ¿causo recargos por mas de 5 años?
 
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cp_enrique
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30/Sep/05 18:34
Re: Los recargos se causan hasta por 5 años? que alguien me

[quote:a30f016481="cp_enrique"]creo que ya me revolvi
Pregunta: ¿causo recargos por mas de 5 años?[/quote:a30f016481]

Así es, estoy de acuerdo con los colegas, ya que menciona que no se causan recargos por más de 5 años salvo los casos del Art 42 F II, III y IV mencionados en el Art 67 CFF, y tu te encuentras en ese caso, ya que te lo notificaron en 2002, aunque sea de 1998.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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30/Sep/05 19:05
Re: Los recargos se causan hasta por 5 años? que alguien me

ok pues gracias por su ayuda
 
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cp_enrique
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30/Sep/05 19:14

mira amigo si vas a pagar toda una cedula de liquidacion ve al inseguro a que te la calculen y casi no te cobran recargos la actualizacion si es lo que en ralidad sale del calculo yo lo hice asi y me salio super menos de recargos no se que tecnica usen pero me ahorre un barote


Saludos
 
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