30/Sep/05 11:18
exencion de prima de antigüedad
compañeros una pregunta
tengo que liquidar a un trabajador y le estoy pagando prima de antigüedad y una indemnizacion legal, sé que el exento es el resultado de multiplicar 90 veces el salario min, de la zona...y multiplicarlo por el numero de años..
lo que no se es si ese resultado tengo que restarselo a la suma de la prima de antigüedad y la indemnizacion o se lo resto por separado.
de antemano gracias
bettsy