27/Sep/05 10:33
Re: apertura de sucursal
Como complemento al comentario de LEALQUIQUE.
[color=blue:3a0e261c0c]Aviso de apertura de establecimiento, sucursal, local fijo, semifijo o almacén por Internet (Alta de una sucursal).
¿Para qué sirve?
Para informar al SAT que abrirán o abrieron un local, bodega o almacén adicional a su domicilio fiscal para realizar actividades.
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que abren un local, establecimiento, sucursal, etc.
¿Dónde lo presento?
El trámite se realiza a través de la página del SAT en la Internet, en la sección “Oficina Virtual”.
¿Qué documento obtengo?
Acuse de recibo con sello digital o en su caso, aviso de rechazo con los motivos que lo generaron.
¿Cuándo lo presento?
Dentro del mes siguiente al día en que se realice la apertura del establecimiento, sucursal, local fijo, semifijo o almacén.
¿En qué horario puedo presentarlo?
Las 24 horas del día los 365 días del año.
¿Cuáles son los requisitos?
Debe ingresar a la “Oficina Virtual” y llenar el formato electrónico de aviso correspondiente, enviándolo inmediatamente mediante el uso de la clave CIEC, sin necesidad de presentar ninguna documentación
¿Cuál es el fundamento legal?
Artículos: 27 y 31 CFF; 14 y 24 RCFF; Regla: 2.23.2. RMF.[/color:3a0e261c0c]
"El alma es un vaso que se llena con eternidad"