23/Sep/05 15:02
Re: gastos personales duda?
[quote:0ff855ba24="MARTHALOPEZ"]Hola
tengo una duda un cliente de act. profesional realizo un gasto personal
compro a un menor de edad zapatos ortopedicos por indicacion medica.
Me pregunta que si solicita la factura para hacerlo deducible. No encuentro donde fundamentarlo creen que pueda hacerlo deducible?
gracias
Martha.[/quote:0ff855ba24]
Artículo 176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:
I. [u:0ff855ba24]Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí[/b:0ff855ba24], para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y [b:0ff855ba24]para sus ascendientes o descendientes en línea recta[/b:0ff855ba24][/u:0ff855ba24], [color=darkblue:0ff855ba24]siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.[/color:0ff855ba24]
Reglamento de la LISR
Artículo 240. [b:0ff855ba24]Para los efectos de la fracción I del artículo 176 de la Ley, se consideran incluidos dentro de las deducciones a que se refiere dicha fracción, [u:0ff855ba24]los gastos estrictamente indispensables efectuados por [/u:0ff855ba24]concepto de compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, medicinas que se incluyan en los documentos que expidan las instituciones hospitalarias, honorarios a enfermeras y por análisis, [u:0ff855ba24]estudios clínicos o prótesis[/u:0ff855ba24].
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS