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22/Sep/05 17:46
De acuerdo al Art. 1-B y 12 de LIVA, si el proveedor se le cubrio en su totalidad mediante una financiera, lo puedes acreditar, solicitar, compensar al 100%, debido que tu ya no le debes a el, sino a un banco, por lo tanto la contraprestacion queda cubierta. En cuanto a los requisitos ya dieron el link.
Salu2
Gracias a ti por brindarme la oportunidad de servirte.