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21/Sep/05 21:06
Semana reducida

:) Hola compañeros, soy yo otra vez con una duda.

Lo que pasa es que acabo de dar de alta a un trabajador de semana reducida, mi duda es, si en el cálculo de la nomina se le debe pagar la parte proporcional del septimo día.

Me confundí porque los demás trabajadores se les paga séptimo día y prima dominical, pero en este caso dicha persona solo va a trabajar lunes y martes, entonces le retire la prima dominical, pero no sé si el septimo día lo debo de considerar o no.
 
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yezikha
Soldado

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21/Sep/05 21:56
Re: Semana reducida

Así es, debes considera la parte proporcional del séptimo día:

ARTICULO 69 LFT. POR CADA SEIS DIAS DE TRABAJO DISFRUTARA EL TRABAJADOR DE UN DIA DE DESCANSO, POR LO MENOS, CON GOCE DE SALARIO INTEGRO.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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22/Sep/05 8:23
Re: Semana reducida

Échale un vistazo al art. 62, fracc. II, del RACERF.

Saludos
 
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Miriam
Subteniente

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23/Sep/05 11:47

EL pago del septimo dia va en proporcion de los dias laborados, tal como lo explica edgarecs!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!1
 
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Sargento Segundo

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