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20/Sep/05 18:18
UNA DUDA DE PREVISION SOCIAL

Buenas tardes compañeros, quisiera que me ayudaran a despejar ciertas dudas en cuanto a Prevision Social:

:?: Que conceptos podrian manejarse como tal, pues existe una tesis que dice que los conceptos de ayuda no son prevision social por lo menos para la ley del seguro social, entonces tampoco lo son para la ley del imss?.

:?: Puedo en un Reglamento Interior de Trabajo condicionar las prestaciones de prevision social como por ejemplo especificar que el premio de asistencia se otorga a quien no haya tenido un solo retardo en la semana laborada o en donde estipularia las condiciones en que se darian dichos rubros.

Espero comentarios.

De antemano les agradezco por la ayuda.

Crissroses. :D
 
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crissroses
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20/Sep/05 18:20
Re: UNA DUDA DE PREVISION SOCIAL

Perdon en la primera duda es que los conceptos de ayuda no son prevision social para la ley del impuesto sobre la renta entonces tampoco lo son para la ley del seguro social?

Crissroses.
 
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crissroses
Soldado

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20/Sep/05 18:33
Re: UNA DUDA DE PREVISION SOCIAL

ÜLTIMO PÄRRAFO ART 8 LISR. PARA LOS EFECTOS DE ESTA LEY, SE CONSIDERA PREVISION SOCIAL, LAS EROGACIONES EFECTUADAS POR LOS PATRONES A FAVOR DE SUS TRABAJADORES QUE TENGAN POR OBJETO SATISFACER CONTINGENCIAS O NECESIDADES PRESENTES O FUTURAS, ASI COMO EL OTORGAR BENEFICIOS A FAVOR DE DICHOS TRABAJADORES, TENDIENTES A SU SUPERACION FISICA, SOCIAL, ECONOMICA O CULTURAL, QUE LES PERMITAN EL MEJORAMIENTO EN SU CALIDAD DE VIDA Y EN LA DE SU FAMILIA.



Es decir, la previsión nace con el sólo hecho de la existencia de la relación laboral, no está condicionada, como es el caso de los premios de puntualidad y asistencia, los cuales gravan para ISR al 100% y están exentos para efectos de integración en el Imss de acuerdo a lo normado por el Art 27 LSS.


Al leer el anterior fundamento puedes darte una idea de lo que puedes considerar como previsión social para ISR, e integrarlo o no para Imss de acuerdo al Art 27 y 5A F XVIII LSS.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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20/Sep/05 18:34

EN LISR ART. 8 ULTIMO PARRAFO ESTA LA DEFINICION DE PREVISION SOCIAL, Y EFECTIVAMENTE ALGUNOS CONCEPTOS DE PREVISION ESTAN TOPADO EN LIMSS, MAS ESO NO KIERE DECIR K NO LO SEAN.

UTILIZA EL BUSCADOR Y VAS A ENCONTRAR INFORMACION K T VA ASERVIR.

EN TU PLAN PUEDES ESPECIRFICAR COMO SE VAN A DAR ESTAR PRESTACIONES, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAS CON LA DEFINICION.

X OTRA PARTE EL PREMIO DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, ALGUNAS PERSONAS NO LO CONSIDERAN COMO P.S. NO TENGO EL FUNDAMENTO, PERO LO VI EN UN TOPICO K SE EXPUSO.
 
Nunca djs de sonreir, no sabs kien pued enamorarse de tu sonrisa...
 
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Rositasm
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