20/Sep/05 15:07
Re: revision finanzas duda en i.v.a.acreeditables
[quote:f791f8beec="caperuso"]:(
saludos
resulta que me practicaron una visita domiciliaria los de finanzas por el periodo 2003 en el cual en la ultima acta parcial me dicen que hay iva acreditable que no pudieron saber de que forma y me dicen de que polizas son por ejem d-31 ene,d32 feb.etc.
Al estar checando esas facturas que son de polizas de diario resulta que se hizo pasivo porque se sacaba un cheque a nombre de un trabajador y despues se comrobaban con las polizas de diario,en otros casos se aplicaban pagos en efectivo varios por menos de 2000.
mi pregunta cren que la de pagos en efectivo al proveedor me la puedan quitar de l iva acreeditable y cual seria su fundamento,de igual forma con los gastos por comprobar de los deudores con sus comprobaciones.[/quote:f791f8beec]
Como ya te han comentado, es necesario que aportes mas información, de conformidad con el Art. 4 en su Fracc. I de la LIVA establece como requisito para poder ralizar el acreditamiento que los gastos sean estrictamente indispensables para la realización de la actividad, ese mismo párrafo establece como definición de estrictamente indispensable "las erogaciones efectuadas por el contribuyente que sean deducibles para efectos del ISR..."
La LISR en su Art. 29 establece las deducciones que se podrán deducir, mimas que deben cumplir con los requisitos que marca el Art. 31, entre los que se encuentran pagarla con cheque nominativo como lo establece la fracc. III de dicho numeral.
Espero mas información.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS