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15/Sep/05 13:38
TOPES EXENTOS

HOLA COLEGAS:

ESCRIBO PARA VER SI ALGUIEN ME PUEDE HACER EL FAVOR DE DECIRME CUALES SON TOPES EXENTOS VIGENTES EN EL 2004 Y CUALES SON PARA EL 2005 EN CUANTOI A VALES DE DESPENSA, BONOS DE ASISTENCIA, BONOS DE PUNTUALIDAD, BONOS DE PRODUCTIVIDAD .

GRACIAS POR LA INFORMACION}
8O
 
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lilivaldespino
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15/Sep/05 14:47
Re: TOPES EXENTOS

[quote:02169ef6e9="lilivaldespino"]HOLA COLEGAS:

ESCRIBO PARA VER SI ALGUIEN ME PUEDE HACER EL FAVOR DE DECIRME CUALES SON TOPES EXENTOS VIGENTES EN EL 2004 Y CUALES SON PARA EL 2005 EN CUANTOI A VALES DE DESPENSA, BONOS DE ASISTENCIA, BONOS DE PUNTUALIDAD, BONOS DE PRODUCTIVIDAD .

GRACIAS POR LA INFORMACION}
8O[/quote:02169ef6e9]

Sólo la despensa está exenta cumpliendo con los topes de previsión social, los demás están gravados al 100%.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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15/Sep/05 14:51
Re: TOPES EXENTOS

CAPITULO II
De las bases de cotización y de las cuotas

Artículo 27
Para los efectos de esta Ley, se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos:

I.- Los instrumentos de trabajo tales como herramientas, ropa y otros similares;

II.- El ahorro, cuando se integre por un depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del trabajador y de la empresa; si se constituye en forma diversa o puede el trabajador retirarlo más de dos veces al año, integrará salario; tampoco se tomarán en cuenta las cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales de carácter sindical;

III.- Las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus trabajadores por concepto de cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;

IV.- Las cuotas que en términos de esta Ley le corresponde cubrir al patrón, las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y las participaciones en las utilidades de la empresa;

V.- La alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa a los trabajadores; se entiende que son onerosas estas prestaciones cuando el trabajador pague por cada una de ellas, como mínimo, el veinte por ciento del salario mínimo general diario que rija en el Distrito Federal;

[size=18:6b1f5d1aea]VI.- Las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal[/size:6b1f5d1aea];

VII.- Los premios por asistencia y puntualidad, siempre que el importe de cada uno de estos conceptos no rebase el diez por ciento del salario base de cotización;

VIII.- Las cantidades aportadas para fines sociales, considerándose como tales las entregadas para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva. Los planes de pensiones serán sólo los que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y

IX.-El tiempo extraordinario dentro de los márgenes señalados en la Ley Federal del Trabajo.

Para que los conceptos mencionados en este precepto se excluyan como integrantes del salario base de cotización, deberán estar debidamente registrados en la contabilidad del patrón.

En los conceptos previstos en las fracciones VI, VII y IX cuando el importe de estas prestaciones rebase el porcentaje establecido, solamente se integrarán los excedentes al salario base de cotización.

ASI ES, Y LO DEMAS GRAVA...
 
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CPhugoocejo
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15/Sep/05 14:58
Re: TOPES EXENTOS

[quote:fe00bbeb63="edgarecs"][quote:fe00bbeb63="lilivaldespino"]HOLA COLEGAS:

ESCRIBO PARA VER SI ALGUIEN ME PUEDE HACER EL FAVOR DE DECIRME CUALES SON TOPES EXENTOS VIGENTES EN EL 2004 Y CUALES SON PARA EL 2005 EN CUANTOI A VALES DE DESPENSA, BONOS DE ASISTENCIA, BONOS DE PUNTUALIDAD, BONOS DE PRODUCTIVIDAD .

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Sólo la despensa está exenta cumpliendo con los topes de previsión social, los demás están gravados al 100%.[/quote:fe00bbeb63]

Yo me referí para efectos de ISR por estar en el foro fiscal, pero tanto mi comentario como el de Hugo son correctos, este último para efectos de seguridad social. :)
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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