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14/Sep/05 14:25
SUPER DUDA

HOLA BUENAS TARDES A TODOS.

EN LA EMPRESA QUE YO TRABAJO, SE LES RETIENE A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION Y DE VIGILANCIA EL 30% TASA MAXIMA QUE MENCIONA EL ART. 113 Y 177 DE LA LISR.
ELLOS QUIEREN QUE LA EMPRESA SE COMPROMETA DE ALGUNA FORMA A RECUPERARLE ESAS RETENCIONES.
ESTO SE PUEDE HACER.
 
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MONARCAS
Sargento Segundo

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14/Sep/05 14:35

LO UNICO QUE TIENEN QUE HACER ES SU DECLARACION ANUAL COMO PERSONA FISICA Y SI NO TIENEN NINGUN OTRO INGRESO ACUMULABLE TE ASEGURO QUE TIENEN SALDO A FAVOR Y LO PUEDEN SOLICITAR EN EL 2006
 
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royxo
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14/Sep/05 14:47

Es correcto como dice "royxo", pero para presentar la declaracion anual tiene que rebasar sus ingresos el limite que el fisco maneje, del año 2004 era 300 mil, a parte se obligan a presentar su declaracion si tienen 2 o mas patrones, o que den a la empresa una carta donde notifican que ellos presentaran su declaracion anual y no sea calculada por la empresa. pero a parte de eso no hay manera de como recuperar esas retenciones.
 
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imelda1950
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14/Sep/05 14:52

[quote:bd26eb799d="ROFA701215DQ4"]Es correcto como dice "royxo", pero para presentar la declaracion anual tiene que rebasar sus ingresos el limite que el fisco maneje, del año 2004 era 300 mil[/quote:bd26eb799d]

ROFA701215DQ4 Oiga amigote me puede decir en que se basa para decir lo anterior me podria decir su fundamento perdone mi ignorancia

Saludotes
 
NO IMPORTA QUIEN LE PONGA EN LA M...... AL FISCO EL CHISTE ES PONERSELA enriquecardenasgonzalez@yahoo.com.mx enriquecardenas@prodigy.net.mx enriquecarde@hotmail.com UN CORDIAL SALUDO
 
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enriquecarde
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14/Sep/05 14:54

[quote:7dbf533708="ROFA701215DQ4"]Es correcto como dice "royxo", pero para presentar la declaracion anual tiene que rebasar sus ingresos el limite que el fisco maneje, del año 2004 era 300 mil, a parte se obligan a presentar su declaracion si tienen 2 o mas patrones, o que den a la empresa una carta donde notifican que ellos presentaran su declaracion anual y no sea calculada por la empresa. pero a parte de eso no hay manera de como recuperar esas retenciones.[/quote:7dbf533708]

No es forzoso que cumplan ese requisito, pueden presentar declaración anual voluntaria.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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14/Sep/05 15:01

En efecto mi estimado edgarecs por eso le preguntaba al estimado que me dijera su fundamento para ver mi error de todas las declaraciones que he presentado sin rebazar dicha cantidad

Saludos estoy a sus ordenes
 
NO IMPORTA QUIEN LE PONGA EN LA M...... AL FISCO EL CHISTE ES PONERSELA enriquecardenasgonzalez@yahoo.com.mx enriquecardenas@prodigy.net.mx enriquecarde@hotmail.com UN CORDIAL SALUDO
 
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enriquecarde
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14/Sep/05 15:04

[quote:4159addf12="enriquecarde"]En efecto mi estimado edgarecs por eso le preguntaba al estimado que me dijera su fundamento para ver mi error de todas las declaraciones que he presentado sin rebazar dicha cantidad

Saludos estoy a sus ordenes[/quote:4159addf12]

Igualmente a la orden. :P
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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14/Sep/05 15:25

[quote:4d7492ac3e="ROFA701215DQ4"]Es correcto como dice "royxo", pero para presentar la declaracion anual tiene que rebasar sus ingresos el limite que el fisco maneje, del año 2004 era 300 mil, a parte se obligan a presentar su declaracion si tienen 2 o mas patrones, o que den a la empresa una carta donde notifican que ellos presentaran su declaracion anual y no sea calculada por la empresa. pero a parte de eso no hay manera de como recuperar esas retenciones.[/quote:4d7492ac3e]

colega su apreciacion es incorrecta, o si tiene algun fundamento para basarse en que tiene que rebasar el limite de ingresos... NO es olbligacion para la presentacion anual rebasarla...

otra cosa, hasta donde se, a los asalariados no se les aplica una retencion del 30%...ojo...

creo que mas bien que el autor del topico se refiere a los asimilados....


[color=red:4d7492ac3e]CAPÍTULO I
DE LOS INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO[/color:4d7492ac3e]

[color=red:4d7492ac3e]Artículo 110. Se consideran ingresos por la prestación de un serv[/color:4d7492ac3e]icio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. [size=18:4d7492ac3e]Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes:[/size:4d7492ac3e]
I. Las remuneraciones y demás prestaciones, obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas.

II. Los rendimientos y anticipos, que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que reciban los miembros de sociedades y asociaciones civiles.

[size=24:4d7492ac3e]III. Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.[/size:4d7492ac3e]

ojo...creo que son se habla de asalariados sino de asimilados...

saludos...
 
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CPhugoocejo
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14/Sep/05 15:50
Re: SUPER DUDA

[quote:f071890d55="MONARCAS"]HOLA BUENAS TARDES A TODOS.

EN LA EMPRESA QUE YO TRABAJO, SE LES RETIENE A LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION Y DE VIGILANCIA EL 30% TASA MAXIMA QUE MENCIONA EL ART. 113 Y 177 DE LA LISR.
[color=red:f071890d55]ELLOS QUIEREN QUE LA EMPRESA SE COMPROMETA DE ALGUNA FORMA A RECUPERARLE ESAS RETENCIO[/color:f071890d55]NES.
ESTO SE PUEDE HACER.[/quote:f071890d55]
..........................
perdon, dijistes DIPUTADOS?
:lol:
que privilegios creen que tienen, pues piensan que ellos no pagan impuestos?, :roll:
............................
lo primero que hay que hacer, mi estimado, es concientizar a nuestros H. integrantes del consejo, que ellos deben pagar impuestos y que por ningun motivo la empresa debe absorver el costo de los mismos,(a menos que hayan pactado ingresos netos).
entonces, aunque no tranquilos pero si resignados, ya no le exigiran algo a la empresa que es cuestion de ellos.

saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
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LEALQUIQUE
Capitán Primero

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14/Sep/05 17:44

CLARO SON ASIMILADOS A SALARIOS
Y COMO MIEMBROS DE ESTOS CONSEJOS, PUES SUS RETENCIONES SON DIRECTAMENTE DEL 30%.
PERO ELLOS QUIEREN QUE LA EMPRESA LES PRESENTE LA DECLARACION ANUAL Y SOLICITE DEVOLUCION DE RETENCIONES, ALGUNOS DE ELLOS NO ESTAN INSCRITOS AL RFC, HAY QUE INSCRIBIRLOS Y TAMBIEN TENGO DUDA SI HAY QUE PRESENTAR ALGUNA DECLARACIÓN MENSUAL.
ESTA BUENO ESO DE "DIPUTADOS" ASI ESTAN LAS COSAS.
 
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MONARCAS
Sargento Segundo

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