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13/Sep/05 9:48
AUDITORIA

HOLA A TODOS

ME LLEGO VISITA DOMICILIARIA Y EN LA REVISION CHEQUE QUE FALTAN CONTRIBUCIONES POR PAGAR, MI PREGUNTA ES QUE ME RECOMIENDAN AUTOCORREGIRME O ESPERARME A QUE ELLOS ME CORRIGAN.


GRACIAS POR SU AYUDA
 
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alejandro03
Soldado

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13/Sep/05 9:53
Re: AUDITORIA

Lo ideal seria que te corrigieras antes que ellos lo hagan ya que no solo pagarias las contribuciones pendientes sino tambien las multas. :o
 
"El alma es un vaso que se llena con eternidad"
 
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marhiogym
Sargento Primero

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13/Sep/05 10:30
Re: AUDITORIA

[quote:b737326205="marhiogym"]Lo ideal seria que te corrigieras antes que ellos lo hagan ya que no solo pagarias las contribuciones pendientes sino tambien las multas. :o[/quote:b737326205]
De todos modos las pagaria ya iniciaron las facultades de comprobación, te ahorrarias recargos, esto debido a que lo harias hasta que ellos terminen tu auditoria, de 2 o 3 meses.
 
La muerte es inevitable, el progresar no.
 
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corteslce
Capitán Segundo

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13/Sep/05 11:02
Re: AUDITORIA

GRACIAS, EL DETALLE ES QUE INFORMARON QUE ESTAN PONIENDO LAS MULTAS CON EL LIMITE MAS ELEVADO Y TAMBIEN POR ELLO LO DE LA AUTOCORRECION
 
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alejandro03
Soldado

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13/Sep/05 11:42
Re: AUDITORIA

LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE

ARTÍCULO 14. PARA LOS EFECTOS DE LO DISPUESTO EN LA FRACCION XIII DEL ARTICULO 2o. DE LA PRESENTE LEY, LOS CONTRIBUYENTES TENDRAN DERECHO A CORREGIR SU SITUACION FISCAL EN LAS DISTINTAS CONTRIBUCIONES OBJETO DE LA REVISION, MEDIANTE LA PRESENTACION DE LA DECLARACION NORMAL O COMPLEMENTARIA QUE, EN SU CASO, CORRESPONDA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

LOS CONTRIBUYENTES PODRAN CORREGIR SU SITUACION FISCAL A PARTIR DEL MOMENTO EN EL QUE SE DE INICIO AL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACION Y HASTA ANTES DE QUE SE LES NOTIFIQUE LA RESOLUCION QUE DETERMINE EL MONTO DE LAS CONTRIBUCIONES OMITIDAS. EL EJERCICIO DE ESTE DERECHO NO ESTA SUJETO A AUTORIZACION DE LA AUTORIDAD FISCAL.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
Mayor

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13/Sep/05 11:50
Re: AUDITORIA

autocorrigete
 
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tarantino
Soldado

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13/Sep/05 17:53
Re: AUDITORIA

muchas gracias les agradezco
 
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alejandro03
Soldado

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13/Sep/05 18:16
Re: AUDITORIA

El se puede correjir en el momento que quiera, pero que no sigue existiendo la multa?
 
"Milli Vanilli"
 
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candelario
Capitán Segundo

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13/Sep/05 18:16

buenas tardes.....

autocorrigete.... como quiera tiene que proceder la multa de mayor cuantía....

suerte......
 
-Gracias doy al cielo por la merced que me hace, pues tan presto me pone ocasiones delante donde yo pueda cumplir con lo que debo a mi profesión, y donde pueda coger el fruto de mis buenos deseos. "Don Quijote de la Mancha".
 
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cpsergioguerrero
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13/Sep/05 18:28

Autocorrigete cuanto antes mejor.

La multa si te autocorriges antes de que la notificacion del acta final la multa sera del 20%, si te esperas a que te notifiquen el acta final sera del 30% y si te esperas a que te den los resultados la multa es del 40%

Revisa la ley de los derechos del contribuyente.

Una recomendacion de un abogado fiscalista es que declares tus impuestos pendientes
incluyas la actualizacion y recargos
y la multa del 20%

Suerte!
 
Disfruta la vida solo hay una!
 
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emmalu
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