21/Sep/05 16:01
Re: Venta de casa habitación
[quote:6292631853="lc_lau"]Hola, disculpen que apenas hoy estoy contestando, pero no habia podido entrar a la página, Gracias por su apoyo.
Me sigue quedando la duda, en el sentido de que esta persona no esta inscrita en el RFC, ¿la debería de dar de alta únicamente por esta situación?
¿Que pasaría si no declaro dicho ingreso? 8O
Nuevamente les agradezco de antemano.[/quote:6292631853]
lau, los ingresos que se obtienen por la venta de alguna casa habitación estan exentos de IVA y de ISR (Arts. 9 Fracc. II LIVA y 109 Fracc. XV LISR)
En tal caso el Notario debe darte una constancia de que la venta que hiciste es exenta de tales impuestos.
Aun, sin embargo, si la cantidad que recibes por tal venta, sumada a los demas ingresos obtenidos durante el ejercicio de calendario, excede de la cantidad de 1´500,000.00 deberas informarlo en la declaración anual.
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SALUDOS