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01/Sep/05 20:54
Alguien que me ayude porfavor... ISR x salarios

Hola :

Alguien que me pueda ayudar a dar el fundamento legal del Calculo de ISPT, mensual..


El problema es el siguiente ... tengo un programa de nominas NOMIPAQ . que me hace los calculos de Impuestos .. de los cuales el calculo lo determina de la siguiente manera:


Base Gravable/días trabajados*30.4

y al momento de determinar el IMPTO lo deseleva a los dias trabajados.


O sea lo eleva para aplicarle las tablas mensuales del 113,114 y 115.

Resulta que mi jefe me dice que los calculos que realiza el programa son incorrectos, que no los debe de elevar a 30.4 . que esta mal...

Dice que si es una nomina quincenal le aplique la tabla a 15 dias y si es de 7 dias pues la de ese periodo, y asi sucesivamente..

Entoncess... cual seria el fundamento legal para aclararle a mi jefe que el calculo es correcto....


PLEASEEEEE


CUALQUIER COMENTARIO ES BIENVENIDOOOOOOOOOOOOOOOO

Diganme donde leo.. o como le hago :(
 
Luisa
 
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marilu45
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02/Sep/05 8:28
Re: Alguien que me ayude porfavor... ISR x salarios

[quote:adcc2a431f="marilu45"]Hola :

Alguien que me pueda ayudar a dar el fundamento legal del Calculo de ISPT, mensual..


El problema es el siguiente ... tengo un programa de nominas NOMIPAQ . que me hace los calculos de Impuestos .. de los cuales el calculo lo determina de la siguiente manera:


Base Gravable/días trabajados*30.4

y al momento de determinar el IMPTO lo deseleva a los dias trabajados.


O sea lo eleva para aplicarle las tablas mensuales del 113,114 y 115.

Resulta que mi jefe me dice que los calculos que realiza el programa son incorrectos, que no los debe de elevar a 30.4 . que esta mal...

Dice que si es una nomina quincenal le aplique la tabla a 15 dias y si es de 7 dias pues la de ese periodo, y asi sucesivamente..

Entoncess... cual seria el fundamento legal para aclararle a mi jefe que el calculo es correcto....


PLEASEEEEE


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Diganme donde leo.. o como le hago :([/quote:adcc2a431f]


[color=red:adcc2a431f]LA ANALOGIA TE MANDA A USAR EN SUELDOS POR MES DE ACUERDO A ESTE ARTICULO EL 30.4.........Y LOS DISEÑADORES DE NOMIPAQ ASI LO TOMAN...........ESTO ES CORRECTO..........COMO LO ES QUE TOMES LOS DIAS EXACTOS DEL MES[/b:adcc2a431f][/color:adcc2a431f]

ES MI ANALISIS........ESPEREMOS OTROS

SALUDOS



RLISR 2005

ARTÍCULO 142. Tratándose de las remuneraciones por concepto de gratificación anual, participación de utilidades, primas
dominicales y vacacionales a que se refiere el artículo 113 de la Ley, la persona que haga dichos pagos podrá optar por
retener el impuesto que corresponda conforme a lo siguiente:

I. La remuneración de que se trate se dividirá entre 365 y el resultado se [size=18:adcc2a431f][color=red:adcc2a431f][b:adcc2a431f]multiplicará por 30.4.[/b:adcc2a431f][/color:adcc2a431f][/size:adcc2a431f]

II. A la cantidad que se obtenga conforme a la fracción anterior, se le adicionará el [color=red:adcc2a431f][b:adcc2a431f]ingreso ordinario [/b:adcc2a431f][/color:adcc2a431f]por la prestación de un
servicio personal subordinado que perciba el trabajador en forma regular en el mes de que se trate y al resultado se le
[color=blue:adcc2a431f][b:adcc2a431f]aplicará el procedimiento establecido en el artículo 113 de la Ley.[/color:adcc2a431f]
III. El impuesto que se obtenga conforme a la fracción anterior se disminuirá con el impuesto que correspondería al ingreso
ordinario por la prestación de un servicio personal subordinado a que se refiere dicha fracción, calculando este último sin
considerar las demás remuneraciones mencionadas en este artículo.
IV. El impuesto a retener será el que resulte de aplicar a las remuneraciones a que se refiere este artículo, sin deducción
alguna, la tasa a que se refiere la fracción siguiente.
V. La tasa a que se refiere la fracción anterior, se calculará dividiendo el impuesto que se determine en los términos de la
fracción III de este artículo entre la cantidad que resulte conforme a la fracción I del mismo. El cociente se multiplicará por
cien y el producto se expresará en por ciento.
 
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lobozac
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02/Sep/05 8:59
Re: Alguien que me ayude porfavor... ISR x salarios

Existe algun criterio del SAT ...??

Para deselevar las tablas a 30.4???????????

En calculos de Ingresos normales de un trabajador=??'

Es decir para sueldos,............... :?
 
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marilu45
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02/Sep/05 10:57
Re: Alguien que me ayude porfavor... ISR x salarios

Que tal.

Como mencionaban anteriormente, no es un criterio del SAT, si no la interpretacion de los diseñadores del programa.
Lo que hacen es dividir los 365 dias del año, entre el numero de meses. El resultado es 30.4

Lo que es correcto, asi como tambien lo es si tu nomina es quincenal, la base gravable la multipliques por dos, y en el ssegundoperiodo ajustas.
 
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ADORENDON
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