Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
01/Sep/05 9:53
Dictamen de invalides temporal

Hola buen día:
Alguien me podria ayudar, tengo un trabajador que tuvo 143 días de incapacidad a raiz de un problema de cancer, dicho trabajador tiene 68 años, los doctores le dieron de alta ya que no tiene solución su problema, y le dijero que empezara a tramitar su pensión, le dieron el dictamen de invalides pero alli le pusieron que era solo temporal sujeta a revisión en el 2007, al checar la ley del IMSS no me permite darlo de baja ya que fue temporal , que me recomiendan que haga???????????, el quiere que sea liquidado conforme a la ley para ya no seguir trabajando
Seguir pagando el imss por ese trabajador o ir a medicina del trabajo para que rectifiquen su diagnostico.
Espero me puedan ayudar?
 
Perfil

edith34
Soldado

Mensajes: 8
Ingresó: Junio 26, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/05 17:39
Re: Dictamen de invalides temporal

Que porcentaje de pension le dictaminaron??

saludos

Puedes checar el ART 86 del Reglamento de Servicios Medicos del IMSS, ya que nos dice que cuando el trabajo quede imposbilitado de laborar en un porcentaje del 50% o mas se le dara el grado de invalidez y siguiendo mas adelante el art 87 nos habla que debera declararse dentro de las ciento cuatro semanas a que se refiere de las 52 que debera estar incapacitado

saludos
 
Visiten mi espacio elnidodelseguro.com .mx
 
Perfil

lcgabrielaranda
Mayor

Mensajes: 1191
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/05 20:05
Re: Dictamen de invalides temporal

:| Buenas noches. La temporalidad es con respecto a que le van a revisar al pensionado el % de su pension. Ud DEBE/puede darlo de baja a la voz de ya...

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/05 21:26
Re: Dictamen de invalides temporal

[quote:7d19d5a972="pepesoto"]:| Buenas noches. La temporalidad es con respecto a que le van a revisar al pensionado el % de su pension. Ud DEBE/puede darlo de baja a la voz de ya...

El Lic.[/quote:7d19d5a972]

Buenas noches como dice el Lic. Soto hay que darle de baja de inmediato a partir de la fecha en que se extipula la incapacidad Temporal la baja se presenta en papel adjuntando una copia del Dictamen por Incapacidad para que no te la tomen como extemporanea. Porque por lo regular casi siempre Ese papel los trabajadores no lo entregan un poco atrasado o la pension la pueden hacer retroactiva.

Con lo que respecta a su Finiquito le corresponden partes proporcionales de Vacaciones, Prima Vacacional y Aguinaldo, y en su caso si tiene mas de 15 años la Prima de antiguedad.

Saludos.
 
'Cada fracaso le enseña al hombre algo que necesitaba aprender'.
 
Perfil

esmeb
Sargento Segundo

Mensajes: 50
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1