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24/Ago/05 15:37
AGAIN, TASA DE IVA X INTS COB A FILIAL EXTRANJERA

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Yo empresa mexicana le voy a notorgar un prestamo a mi filial ke esta en Estados Unidos, por este prestamo le voy a cobrar intereses, aqui la pregunta es ¿ A que tasa gravan esos intereses? ¿se considera exportacion?

Si alguien ha vivido un caso similar, ke me pueda

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De acuerdo al inciso f) fraccion IV del art 29 LIVA (exportación de servicios) es gravada a la tasa de 0%

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Ok, esa opcion la vimos, en el inciso f) nos menciona las " operaciones de financiamiento", al buscar el concepto de operaciones de financiamiento vi ke len el art 30 del reglamento de la LIVA menciona ke son las ke se hacen con instituciones de credito.

Aki mi observacion seria solo para verificar ke el criterio de grabar los intereses al 15% es correcto,

ah y otra pregunta , alguien sabe si no existe un tratado de doble tributacion para este caso, o es solo para ISR los tratados
 
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DALHER
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24/Ago/05 17:06
Re: AGAIN, TASA DE IVA X INTS COB A FILIAL EXTRANJERA

[quote:6e3bb3fecc="DALHER"]--------------------------------------------------------------------------------
Yo empresa mexicana le voy a notorgar un prestamo a mi filial ke esta en Estados Unidos, por este prestamo le voy a cobrar intereses, aqui la pregunta es ¿ A que tasa gravan esos intereses? ¿se considera exportacion?

Si alguien ha vivido un caso similar, ke me pueda

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De acuerdo al inciso f) fraccion IV del art 29 LIVA (exportación de servicios) es gravada a la tasa de 0%

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Ok, esa opcion la vimos, en el inciso f) nos menciona las " operaciones de financiamiento", al buscar el concepto de operaciones de financiamiento vi ke len el art 30 del reglamento de la LIVA menciona ke son las ke se hacen con instituciones de credito.

Aki mi observacion seria solo para verificar ke el criterio de grabar los intereses al 15% es correcto,

ah y otra pregunta , alguien sabe si no existe un tratado de doble tributacion para este caso, o es solo para ISR los tratados[/quote:6e3bb3fecc]

[color=green:6e3bb3fecc]Hola:
Que activadad tienes?[/color:6e3bb3fecc]
 

 
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SaúlCastroVázqz
Capitán Primero

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24/Ago/05 17:20
Re: AGAIN, TASA DE IVA X INTS COB A FILIAL EXTRANJERA

DESDE MI PUNTO DE VISTA... SERÍA UNA EXPORTACIÓN, YA QUE EL BENEFICIARIO ES RESIDENTE EN EL EXTRANJERO.

TASA 0%
 
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jand_nava
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29/Ago/05 14:49
Re: AGAIN, TASA DE IVA X INTS COB A FILIAL EXTRANJERA

mi actividad es compra venta de maquinas de cocas, papitas, golosinas,etc..
 
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Romeo86
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29/Ago/05 14:51
Re: AGAIN, TASA DE IVA X INTS COB A FILIAL EXTRANJERA

mi actividad es compra venta de maquinas de cocas, papitas, golosinas,etc..
 
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Romeo86
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01/Sep/05 14:20
Re: AGAIN, TASA DE IVA X INTS COB A FILIAL EXTRANJERA

ESTO ME CONTESTO UN CONSULTOR FISCAL:


Consulta:
> Somos una Persona Moral con regimen general de Ley, nuestra actividad es
> la compraventa de maquinas expendedoras de refrescos y golosinas,
> tenemos una filial en los Estados Unidos, a dicha filial le otorgamos un
> prestamo, por dicho prestamo nos va a estar pagando intereses. las
> preguntas son:
> ¿a que tasa de IVA le vamos a cobrar por esos intereses?
> ¿ellos nos efectuaran alguna retención por esos intereses que nos van a
> pagar?
> ¿hay algún tratado para evitar la doble tributación para el caso en
> comento?
> ¿que efecto tenemos por esta operación en términos del ISR?
>
> Muchas gracias de antemano por su valiosa ayuda.
> Respuesta:
> Para efectos de la LIVA, los intereses se encontraran gravados a la tasa
> del 0% al considerarse como una exportación de servicios en términos del
> inciso f), de la fracción IV, del artículo 29 de la LIVA.
> Ahora bien, el hecho de que la empresa americana le efectúe una
> retención del ISR, dependerá en todo caso de la legislación del citado
> extranjero, pero en todo caso, al existir tratado para evitar la doble
> tributación entre México y Estados Unidos de América, de conformidad con
> el inciso c), del numeral segundo del artículo 11 del citado tratado, la
> retención que en su caso tendrían que efectuarle no podrá ser superior a
> un 15%.
> Por último cabe señalar, que el pago de los intereses que le efectúe la
> empresa extranjera deberá considerarlos como un ingreso acumulable para
> el ISR en términos de la fracción X, del artículo 20 de la LISR,
> pudiendo acreditar el ISR que le retenga en todo caso la empresa del
> extranjero en términos del artículo sexto de la LISR, siempre que el
> ingreso acumulado (interés) incluya el ISR pagado en el extranjero
> (retención).


GRACIAS A LAS PERSONAS KE ME ASESORARON, UN SALUDO
 
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DALHER
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