Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
24/Ago/05 11:29
ayuda impto cedular de guanajuato

hola, buenos dias a todos, tengo una duda en el calculo del impuesto cedular de honorarios del estado de guanajuato.

mi duda es:
si de enero a abril el impuesto es 0 por que las deducciones fueron mayores que los ingresos y en mayo tuve un impuesto a pagar de 25.
(que page) y en el mes de junio me sale a pagar 71 mi pregunta es pago los 71 o le disminuyo los 25 que page el mes anterior?
ejemplo
ingresos de enero a junio 24350
deducciones 20771
base 3579
2% 2%
impueto 71
menos lo que page ant. 25
igual 46

gracias por tomarse la molestia de leer este escrito
 
Perfil

mari
Cabo

Mensajes: 38
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ago/05 11:42

Artículo 6.- Este impuesto se causará en el momento que se realicen las erogaciones que constituyen su objeto y su pago deberá realizarse en los lugares, medios y formas autorizados por la Secretaría de Finanzas y Administración, mediante declaración mensual, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el impuesto declarado.

El pago que realicen los contribuyentes de este impuesto se entenderá como definitivo.
 
Perfil

ORTIZ
Cabo

Mensajes: 26
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ago/05 11:55
Re: ayuda impto cedular de guanajuato

regla 3.2.3 resolucion miscelanea para el estado de gto. el pp podra determinarse restando de la totalidad de ingresos del periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el ultimo mes al que corresponda el pago, las deducciones autorizadas correspondientes al mismo periodo. y acreditando los pagos provisionales hechos con anterioridad.

en otras palabras y logicamente
si haces el calculo con ingresos acumulados y deducciones acumuladas tienes que acreditar los pagos provisionales hechos con anteirioridad
 
Perfil

aguirrecp
Cabo

Mensajes: 48
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ago/05 12:20
Re: ayuda impto cedular de guanajuato

HOLA, BUEN DIA. ORTIZ EL ART 6 DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE GTO ES DEL IMPUESTO SOBRE NOMINAS.
Y EFECTIVAMENTE PUEDES ACREDITAR LOS PAGOS PROVISIONALES Y LAS RETENCIONES QUE TE HAYAN HECHO.
 
C.P. ELSA GPE FERNANDEZ SANCHEZ
 
Perfil

elsy_fdz
Sargento Segundo

Mensajes: 54
Ingresó: Marzo 19, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ago/05 20:37

Claro que si puedes disminuir el pago anterior puesto que tus ingresos están acumulados como debe ser.
 
LO QUE NO TE MATA TE FORTALECE
 
Perfil

cpjosebustos
Sargento Segundo

Mensajes: 61
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1