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22/Ago/05 13:53
PAGOS PROVISIONALES DE IVA

OTRA VEZ EXPONIENDO MIS DUDAS EN EL CASO DE UNA PERSONA MORAL ¿COMO PAGO MI IVA? NO ES EL IVA EFECTIVAMENTE COBRADO MENOS EL EFECTIVAMENTE PAGADO POR FAVOR SI ME PUDIERAN DAR EL FUNDAMENTO LEGAL
PD LES AGRADESCO MUCHO
 
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SiegerS
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22/Ago/05 14:02

ASI ES, ES EL EFECTIVAMENTE COBRADO Y PAGADO.


Artículo 1o.-B.- (LIVA) Para los efectos de esta Ley se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.

Cuando el precio o contraprestación pactados por la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes se pague mediante cheque, se considera que el valor de la operación, así como el impuesto al valor agregado trasladado correspondiente, fueron efectivamente pagados en la fecha de cobro del mismo o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.

Se presume que los títulos de crédito distintos al cheque suscritos a favor de los contribuyentes, por quien adquiere el bien, recibe el servicio o usa o goza temporalmente el bien, constituye una garantía del pago del precio o la contraprestación pactados, así como del impuesto al valor agregado correspondiente a la operación de que se trate. En estos casos se entenderán recibidos ambos conceptos por los contribuyentes cuando efectivamente los cobren, o cuando los contribuyentes transmitan a un tercero los documentos pendientes de cobro, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.

Cuando con motivo de la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, los contribuyentes reciban documentos o vales, respecto de los cuales un tercero asuma la obligación de pago o reciban el pago mediante tarjetas electrónicas o cualquier otro medio que permita al usuario obtener bienes o servicios, se considerará que el valor de las actividades respectivas, así como el impuesto al valor agregado correspondiente, fueron efectivamente pagados en la fecha en la que dichos documentos, vales, tarjetas electrónicas o cualquier otro medio sean recibidos o aceptadas por los contribuyentes.




ESPERO TE AYUDE.

SALUDOS
 
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rcportoa
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22/Ago/05 14:04
Re: PAGOS PROVISIONALES DE IVA

EN VERDAD GRACIAS HAY VECES EN QUE TE HACEN DUDAR EN LAS ACTIVIDADES MAS COTIDIANAS DE NOSOTROS Y ES POR ESO QUE NOS APOYAMOS EN LOS COLEGAS BUEN DIA
 
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SiegerS
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22/Ago/05 14:06

NO HAY DE QUE,..... HOY TU..... MAÑANA YO PREGUNTARE.


SALUDOS
 
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rcportoa
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22/Ago/05 14:06

Iva efectivamente cobrado ( Iva Causado ).
Menos
Iva efectivamnete Pagado ( Iva acreditable ).

Fundamneto . Art 1-B de LIVA.
 
Hay quienes nacen con la oportunidad de tener exito mediante el trabajo pero habemos poco con el don magico de lograrlo..........Mp
 
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Mozart
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