15/Ago/05 19:35
PENSION POR INCAPADIDAD PERMANENTE PARCIAL
Buenas tardes:
Uno de nuestros trabajadores sufrió un Riesgos de Trabajo, en el que desafortunadamente perdió el dedo pulgar e índice en una de sus manos.
Con la finalidad de asesorarlo respecto a la pensión que el IMSS deba otorgarle y en análisis de las disposiciones correspondientes en la LSS y LFT, deduzco lo siguiente:
-Conforme el art. 514 de la LFT al trabajador le asignaran del 40 a 45% de incapacidad.
-Para determinar el monto de su pensión, se aplicara dicho % sobre la pensión que correspondería por incapacidad permanente total, la cual equivaldría al 60% de su SDI, y en cuyo caso, no podría ser inferior a la pensión garantizada (salario mínimo = $1,422.72 mensual)
-Entonces, bajo el supuesto de que el SDI del trabajador es $ 115.30, el monto de pensión mensual que correspondería a incapacidad permanente es de $2,103.07 (115.30x60%x30.4), por lo que el monto mensual por incapacidad permanente parcial equivale por lo menos a $841.23 ($2,103.07x40%)
-En virtud de que el grado de incapacidad parcial es > 25% y < 50%, el trabajador tiene la opción a solicitar la pensión o una indemnización global (equivalente a 5 anualidades de la indemnización = $50,473.73) .
De lo anterior, mucho agradecería me hicieran las correcciones y/o observaciones correspondientes, o en su defecto me confirmen si es correcto lo importes determinados.
MARLA
'Nadie puede llegar a la cima armado sólo de talento. Dios da el talento; el trabajo transforma el talento en genio', Anna Pavlova.
'Todo lo que claramente imaginamos, ardientemente deseamos, sinceramente creamos y entusiastamente e