15/Ago/05 10:45
Re: ESCUELA PRIMARIA.
Buen día:
Las obligaciones que podrías tener actualmente serían :
[color=red:3dfb9dacfb]Retenciones de ISR[/color:3dfb9dacfb]
Salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral.
Ingresos asimilados a salarios
Prestaciones de servcios profesionales
[color=red:3dfb9dacfb]Impuesto al Valor Agregado[/color:3dfb9dacfb]
Es retenedor de este impuesto
[color=red:3dfb9dacfb]Impuesto al Activo[/color:3dfb9dacfb]
Sería sujeto exento del pago del impuesto de acuerdo con el artículo 6o. de la ley del IMPAC
Por lo que respecta al IVA, como se establece en la LISR, cuando no se esté obligado al pago del impuesto, el IVA que se ha trasladado a dicha persona deberá considerarse como un gasto deducible ya que no se permitirá el acreditamiento.