09/Ago/05 12:51
Re: Reconocimiento de adeudos
[quote:efd1cb0d79="Belfagor"]Gracias,
¿entonces los pagarés no incluyen los intereses generados?
[color=darkblue:efd1cb0d79]El Art. 170 de la Ley Gral de Titulos y Operaciones de Crédito establece los requisitos que debe llevar el Pagare como Título de Crédito, no establece expresamente que debe llevar intereses pero el mismo documento en su cuerpo establece un interes en blanco el cual debe ser llenado por el acreedor en completo acuerdo con el deudor.
Al establecerse un fecha para el pago del mismo y de no efectuarse, corre el interes convenido y mediante el ejercicio de una acción por parte del acreedor puede realizar el cobro coactivo del mismo a traves de un Juicio Ejecutivo Mercantil trabando embargo sobre el monto principal y su accesorio al inicio del Juicio.[/color:efd1cb0d79][/b:efd1cb0d79]
¿pero que problema habría si al pactar el contrato se incluyen dentro del monto del prestamo los intereses como si se tratara de una cantidad unica y a partir de ses contrato, calcular los intereses que se generen con posterioridad?
[color=darkblue:efd1cb0d79][b:efd1cb0d79]Pactalo solo que cuadra los contratos con los pagares, en cuanto al interes.[/color:efd1cb0d79]
gracias por su ayuda[/quote:efd1cb0d79]
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