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08/Ago/05 9:41
LABORAL

QUISIERA SABER ALGUN MODELO DE CARTA PARA PRESENTAR A LA JUNTA DE CONCILIACION POR MOTIVO DE AUSENTISMO DEL PERSONAL LOS DIAS LUNES , SI ME PUDIERAN ENVIAR UNA Y PODER ADECUARLA A MIS NECESIDADES
GRACIAS
EUSTACIO CORONA RIVERA
 
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eustaciocoronarivera
Soldado

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08/Ago/05 12:39

Mmmmm, carta de ese tipo no es muy comun en la práctica, me toco un caso pero con un patron (Personas Físicas) que acostumbraba este tipo de actas de acuerdo al artículo 47, fracción X, LFT, le hablaba a la persona de la Junta (respectivo moche), esta levantaba el escrito y se firmaba con testigos y listo, copia correspondiente al patron y copia para la junta conciliación (si realmente iba para alla esa copia, no me consta) claro acta es con membrete de la propia junta de conciliación y arbitraje, con sello y firma del personal de la misma Junta.

Pero ne la Practica no lo he visto, aquí mas que nada hay que usar un poco del sentido común y esperar al cuarto día por si no se reporta el trabajador, por eso de que si le paso algún accidente o tuvo algún problema de caso fortuito y no pueda comunicarse al Departamento de RH de la empresa, para esto deberia el encargado de RH en el periodico mural de la empresa (si es que tienen) poner un aviso en caso de Enfermadad, Maternidad o Accidente fuera del Trabajo, avisar a la empresa a estos Telefonos al Depto de RH, para que estén al tanto de que paso,... en caso contrario de no reportarse proceder la baja correspondiente y meter los ausentismos desde la fecha en que falto.

Saludos.

JleeGlz


Saludos.

JleeGlz.
 
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jleeglz
Capitán Primero

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08/Ago/05 17:27
Re: LABORAL

saludos...


quiza si manejas actas administrativas eso te pueda ayudar

o bien te refieres a estas
 
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GpeAarón
Sargento Segundo

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08/Ago/05 20:43

:| Buenas noches. ¿Realmentre conocen a alguien que en la práctica haga estas actas y las lleve a conciliacion y se las reciban?

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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09/Ago/05 9:23

[quote:498f76950a="pepesoto"]:| Buenas noches. ¿Realmentre conocen a alguien que en la práctica haga estas actas y las lleve a conciliacion y se las reciban?

El Lic.[/quote:498f76950a]Buenos Dias.

La verdad no creo que las reciban en conciliacion asi como asi, pero si estas actas se llevan a cabo ¿ Servirian como prueba documental en caso de demanda laboral?

Que también es muy dificil levantarle Acta Administrativa a un empledo por sus faltas y que realmente te firme esa acta.
 
[color=black:5d36c7ecef][size=16:5d36c7ecef]JC@rlos[/size:5d36c7ecef][/color:5d36c7ecef] [color=grey:5d36c7ecef]El mayor conocimiento que existe, es conocerse a sí mismo[/color:5d36c7ecef]
 
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jcarlos923
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09/Ago/05 10:27

[quote="jcarlos923"][quote="pepesoto"]:| Buenas noches. ¿Realmentre conocen a alguien que en la práctica haga estas actas y las lleve a conciliacion y se las reciban?

Yo lo he hecho se le informa a la Junta de Conciliacion que el trabajador no se ha presentado a laborar y que se le ha tratado de localizar y este no se encuentra. La junta se encarga de Notificarle a trabajador que esta resindida su relacion laborar con el patron de acuerdo al Art. 47 Fracc. X. Para esto es recomendable que se tengan las tarjetas de asistencia en donde demuestras que el trabajador ha estado faltando injustificadamente.

Debes de agotar todas las posibilidades de porque esta faltando, ya le hablaste por telefono, o ya lo fueron a localizar a su domicilio porque no vaya hacer que se accidento o que lo operaron y como es costumbre de los tabajadores no avisar hasta tiempo despues es obligacion tuya el de investigar.

Porque si hay incapacidad de por medio y lo das de baja despues deberas meter un escrito adjuntando el envio de la baja y la respuesta y solicitar de acuerdo al art. 21 que no proceda el aviso de baja.
 
'Cada fracaso le enseña al hombre algo que necesitaba aprender'.
 
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esmeb
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09/Ago/05 19:46
Re: LABORAL

:( Buenas noches. Entonces lo que Uds están haciendo es un aviso de rescision, no una simple acta administrativa. Mi pregunta es precisamente si llevan y les reciben una "acta administrativa"...

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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10/Ago/05 11:03
Re: LABORAL

[color=darkblue:3451a63216]LAS ACTAS ADMINISTRATIVAS SIRVEN COMO ANTECEDENTE Y VAN DERECHITO AL EXPEDIENTE DEL TRABAJADOR.. Y SERA NECESARIA SU EXHIBICION EN CASO DE UN PLEITO LABORAL, CONSECUENCIA DE LAS MISMAS FALTAS REFERIDAS EN EL ACTA..

CUANDO HABLAMOS DE "RESCISION DE CONTRATO" ESTAMOS ANTE UN ASUNTO TOTALMENTE DIFERENTE, EL CUAL FORMA PARTE DEL PROCEDIMIENTO QUE DEBERA LLEGAR A LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.[/color:3451a63216]
 
SE ACERCA LA HORA O, TAL VEZ SEA ESTE UNO DE LOS ULTIMOS MENSAJES, NUEVAMENTE GRACIAS A TODOS
 
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Capitán Segundo

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