Re: URGE!!!! SI EL PAGO DE REEXPEDICION DE CEDULA ES DEDUCIB
[quote:89d3180e03="pablocastro"]no las multas no, buscalas como penas convencionales en el art. 32 de no deducibles[/quote:89d3180e03]
esta en la fracc VI
Nos vemos en groups.msn.com en el grupo de aportaciones fiscales.