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27/Jul/05 17:55
requerimiento en mi e-mail

Saben si estos proceden...

...me llego una invitacion del SAT por correo electronico de que no habia presenatdo mi x declarscion de x mes, no me preocupa por ser una invitacion; pero me entro la duda si me pueden requerir, si es asi cual es el fundamento para que lo puedan realizar de esa manera...

...a alguien le ha tocado algo similar.


Saludos y gracias por sus comentarios.
 
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elmo
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27/Jul/05 17:58
Re: requerimiento en mi e-mail

Te recomiendo leas el Art 134 CFF.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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27/Jul/05 18:00
Re: requerimiento en mi e-mail

[quote:8f3915c2cf="elmo"]Saben si estos proceden...

...me llego una invitacion del SAT por correo electronico de que no habia presenatdo mi x declarscion de x mes, no me preocupa por ser una invitacion; pero me entro la duda si me pueden requerir, si es asi cual es el fundamento para que lo puedan realizar de esa manera...

...a alguien le ha tocado algo similar.


Saludos y gracias por sus comentarios.[/quote:8f3915c2cf]

CFF
ARTICULO 134. LAS NOTIFICACIONES DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SE HARAN:

I. [u:8f3915c2cf]PERSONALMENTE O POR CORREO CERTIFICADO O ELECTRONICO, CON ACUSE DE RECIBO[/u:8f3915c2cf], CUANDO SE TRATE DE CITATORIOS, REQUERIMIENTOS, SOLICITUDES DE INFORMES O DOCUMENTOS Y DE ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE PUEDAN SER RECURRIDOS.

[u:8f3915c2cf]EN EL CASO DE NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRONICO, EL ACUSE DE RECIBO CONSISTIRA EN EL DOCUMENTO DIGITAL CON FIRMA ELECTRONICA QUE TRANSMITA EL DESTINATARIO AL ABRIR EL DOCUMENTO DIGITAL QUE LE HUBIERA SIDO ENVIADO. PARA LOS EFECTOS DE ESTE PARRAFO, SE ENTENDERA COMO FIRMA ELECTRONICA DEL PARTICULAR NOTIFICADO, LA QUE SE GENERE AL UTILIZAR LA CLAVE QUE EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA LE PROPORCIONE PARA ABRIR EL DOCUMENTO DIGITAL QUE LE HUBIERA SIDO ENVIADO.[/u:8f3915c2cf]
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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27/Jul/05 18:21
Re: requerimiento en mi e-mail

...SE ENTENDERA COMO FIRMA ELECTRONICA DEL PARTICULAR NOTIFICADO, LA QUE SE GENERE AL UTILIZAR LA CLAVE QUE EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA LE PROPORCIONE PARA ABRIR EL DOCUMENTO DIGITAL QUE LE HUBIERA SIDO ENVIADO.


Entonces mientras no me proporcionen una clave para abrir los correos, no tengo de que preocuparme, si es que recibo algun requerimiento. ¿verdad?
 
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elmo
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27/Jul/05 21:36
INVITACION NO ES = REQUERIMIENTO

Este tema ya se había tratado con anterioridad.

Considera que esas "invitaciones" son sólo un acto de la autoridad fiscal con el fin de amedrentar al contribuyente, apercibiéndole de que en caso de hacer caso omiso a éste, ejercera sus facultades de comprobación.

Ahora bien, es preciso aclarar que el ejercicio de tales facultades de comprobación es meramente discrecional, es decir, todos nosotros como contribuyentes estamos sujetos al inicio del ejercicio de dichas facultades; por lo tanto, no existe precepto legal que limite a las autoridades fiscales el inicio de tales facultades, claro, bajo los supuestos de derecho que contempla la legislación fiscal.

Consecuentemente, esas invitaciones no pueden considerarse como un requerimiento, porque la formulación de éste ya implicaría el inicio de las facultades de comprobación, situación que de ninguna manera acontence en este caso.

Por lo tanto, si tu vas bien en todas y cada una de tus obligaciones fiscales, te sugiero hagas caso omiso de tal invitación, máxime que no cumple con algunos de los elementos esenciales de cualquier acto administrativo, sin mencionar que sólo "meten miedo" al contribuyente. Ahora, que si no vas al corriente, ponte al día; recuerda que, como te comento, la autoridad puede iniciar sus facultades, y en su caso, requerirte (arts. 41 y 42 fracción I del Código Fiscal de la Federación), y proceder a imponer las sanciones legales a que haya lugar.

Buen día y saludos a todos los colegas del foro.
 
Federico Monteagudo Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Mëxico, D.F. "Por una justicia fiscal pronta, imparcial, completa y gratuita"
 
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Magistrado
Cabo

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28/Jul/05 10:22

Esta en uno de los topicos anteriores.
Pero si lo pueden hacer deacuerdo al Art.134 CFF.
 
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milo55
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