22/Jul/05 12:02
CUOTAS RCV Pagos realizados sin justificacion legal
El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Seccion de la SHCP. Pag. 2 a 8) la Circular CONSAR 20-4 mediante la cual se dan a conocer las Reglas generales que establecen el procedimiento al que deberán sujetarse las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, las administradoras de fondos para el retiro para la devolución de los pagos realizados sin justificación legal.
No se si en Fiscalia nos pueden poner ese extracto del Diario Oficial ya que el link que yo tengo no me permite copiarlo ni imprimirlo.
Tambien no se si alguien de ustedes ha obtenido anteriormente devolución de algun pago indebido por cuotas de RCV ya que las respuestas que nos han dado a nosotros en el INSEGURO
son hasta de que los “errores cuestan”
y como es dinero que ya se envió a las AFORES ya no se puede recuperar. Sin embargo, leyendo un poco esta circular, todo parece que sí se puede devolver siguiendo todo el procedimiento señalado.
Dentro de los transitorios menciona que entra en vigor a partir del 1 de marzo de 2006, y en el segundo transitorio menciona que a partir de la entrada en vigor se abroga la Circular CONSAR 20-3 publicada en el Diario Oficial del 6 de febrero de 2001. Buscando algo, encontré esta Circular y tambien vienen las reglas, por lo que yo me imagino que desde antes ya se podian solicitar devoluciones de estas cuotas, por lo que ahora no se en donde se basa el IMSS para decir que las cuotas de RCV no se pueden devolver.
De antemano agradezco sus comentarios al respecto y saludos.
MMartinezC